A/RES/59/177
15. Acoge con beneplácito la insistencia del Comité en la importancia del
seguimiento de la Conferencia Mundial y de las medidas recomendadas para
mejorar la aplicación de la Convención y el funcionamiento del Comité 7;
III
Aplicación y seguimiento generales de la declaración y el Programa
de Acción de Durban
16. Destaca que la responsabilidad básica por la lucha efectiva contra el
racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia
incumbe a los Estados y, a esos efectos, insiste en que recae sobre los Estados la
responsabilidad primordial de asegurar que se cumplan plena y efectivamente todos
los compromisos y recomendaciones consignados en la Declaración y el Programa
de Acción de Durban1;
17. Destaca también, en ese contexto, el papel fundamental y
complementario que compete a las instituciones nacionales de defensa de los
derechos humanos, a los órganos y centros regionales y a la sociedad civil, en
colaboración con los Estados, para lograr los objetivos de la Declaración y el
Programa de Acción de Durban;
18. Exhorta a los Estados a que elaboren planes de acción, en consulta con
las instituciones nacionales de defensa de los derechos humanos, otras instituciones
creadas por ley para combatir el racismo y la sociedad civil, y a que proporcionen a
la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos dichos
planes de acción y demás material pertinente sobre las medidas adoptadas para
poner en práctica las disposiciones de la Declaración y el Programa de Acción de
Durban;
19. Hace un llamamiento a todos los Estados para que formulen y apliquen
sin demora, a niveles nacional, regional e internacional, normas y planes de acción
para luchar contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas
conexas de intolerancia, incluidas sus manifestaciones basadas en el género;
20. Insta a los Estados a que presten apoyo a las actividades que realizan los
órganos y centros regionales existentes para luchar contra el racismo, la
discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia en sus
respectivas regiones, y recomienda que se establezcan órganos o centros de esa
índole en todas las regiones donde no existen;
21. Reconoce el papel fundamental que cabe a la sociedad civil en la lucha
contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de
intolerancia, en particular en la prestación de asistencia a los Estados para establecer
normas y estrategias, en la adopción de medidas y en la acción contra esas formas
de discriminación y en su aplicación ulterior;
22. Destaca que los Estados, de conformidad con la Declaración y el
Programa de Acción de Durban, tienen la responsabilidad compartida, en el plano
internacional y dentro del marco del sistema de las Naciones Unidas, de fijar las
modalidades para el examen general de la aplicación de la Declaración y el
Programa de Acción;
_______________
7
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo séptimo período de sesiones,
Suplemento No. 18 (A/57/18), cap. XI.
5
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