A/RES/68/180 Protección y asistencia para los desplazados internos la difícil situación de los desplazados internos y por su labor constante para atender las necesidades de desarrollo y otras necesidades específicas de esas personas, en particular incorporando la perspectiva de los derechos humanos de los desplazados internos en todas las entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas; 3. Alienta al Relator Especial a que, mediante un diálogo permanente con los gobiernos y todas las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales interesadas, siga analizando las causas profundas de los desplazamientos internos, las necesidades y los derechos humanos de los desplazados, medidas de prevención, incluido un mecanismo de alerta temprana, y medios para reforzar la protección y la asistencia, así como soluciones duraderas para los desplazados internos, y, a ese respecto, utilice en sus actividades el Marco de Soluciones Duraderas para los Desplazados Internos del Comité Interinstitucional Permanente 12, y alienta también al Relator Especial a que continúe promoviendo estrategias amplias, teniendo en cuenta la responsabilidad primordial de los Estados de proteger y prestar asistencia a los desplazados internos dentro de su jurisdicción; 4. Reconoce que los efectos adversos del cambio climático contribuyen a la degradación ambiental y a los fenómenos meteorológicos extremos, los cuales, entre otros factores, pueden contribuir a los desplazamientos humanos, y alienta al Relator Especial a que, en estrecha colaboración con los Estados y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, siga estudiando las consecuencias y consideraciones en materia de derechos humanos de los desplazamientos internos provocados por desastres, con miras a ayudar a los Estados Miembros a desarrollar la resiliencia y la capacidad a nivel local para prevenir los desplazamientos o proporcionar asistencia y protección a las personas que se ven obligadas a escapar; 5. Exhorta a los Estados a que ofrezcan soluciones duraderas, concretamente en el contexto de sus planes nacionales de desarrollo, y alienta a que se fortalezca la cooperación internacional, en particular entre las instancias humanitarias y de desarrollo, mediante la aportación de recursos y conocimientos técnicos para prestar asistencia a los países afectados, en particular los países en desarrollo, en sus esfuerzos y políticas nacionales relativos a la asistencia, la protección y la rehabilitación de los desplazados internos y la integración de los derechos y las necesidades de los desplazados internos en las estrategias de desarrollo rural y urbano, así como la participación de los desplazados internos y las comunidades de acogida en la formulación y aplicación de esas estrategias; 6. Expresa particular preocupación por el hecho de que muchos niños desplazados internos, en particular niñas, carecen de acceso a la educación en todas las fases del desplazamiento debido a ataques contra escuelas, edificios escolares dañados o destruidos, inseguridad, pérdida de documentación, barreras lingüísticas y discriminación, y exhorta a los Estados a que, en cooperación con todas las demás instancias pertinentes, incluidos los organismos humanitarios y de desarrollo y los donantes, garanticen a los niños desplazados internos el derecho a una educación de calidad, tanto en la enseñanza primaria como en la secundaria, sin discriminación de ningún tipo, y presten apoyo a las escuelas existentes para que puedan matricular a desplazados internos, y solicita a las partes en conflictos armados que respeten el carácter civil de las escuelas y de otras instituciones educativas, y que se abstengan _______________ 12 4/8 A/HRC/13/21/Add.4.

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