A/RES/49/31 Página 2 1. Expresa su profundo reconocimiento al Secretario General por su informe sobre la aplicación de la resolución 46/43; 2. Reconoce que los Estados pequeños pueden ser particularmente vulnerables a las amenazas externas y a los actos de injerencia en sus asuntos internos; 3. Subraya la importancia decisiva que tienen para todos los Estados el respeto incondicional de todos los Estados a todos los principios de la Carta de las Naciones Unidas, incluidos los de la igualdad soberana, la integridad territorial, la no injerencia en los asuntos internos de otros países y el arreglo pacífico de controversias, y la aplicación invariable de esos principios; 4. Subraya también la importancia de que se fortalezcan los acuerdos regionales sobre seguridad mediante un aumento de la interacción, la cooperación y las consultas; 5. Hace un llamamiento a las organizaciones regionales e internacionales pertinentes para que, cuando un Estado pequeño lo pida, le presten asistencia para fortalecer su seguridad de conformidad con los principios de la Carta; 6. Pide al Secretario General que siga ocupándose particularmente de vigilar la situación de los Estados pequeños en materia de seguridad y que considere la posibilidad de aplicar las disposiciones del Artículo 99 de la Carta; 7. Insta al Consejo de Seguridad y a otros órganos pertinentes de las Naciones Unidas a que se ocupen particularmente de la protección y la seguridad de los Estados pequeños en la reestructuración y revitalización de la labor de la Organización, especialmente en el marco del Comité Especial de la Carta de las Naciones Unidas y del fortalecimiento del papel de la Organización, y en la puesta en práctica de las actividades relativas al informe del Secretario General de fecha 17 de junio de 1992 titulado "Un Programa de Paz" 3/. 83ª sesión plenaria 9 de diciembre de 1994 __________ 3/ A/47/277-S/24111.

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