A/RES/57/232
l)
Respete los derechos de todos los grupos étnicos y religiosos y ponga fin
de inmediato a sus continuas prácticas represivas, con inclusión de la deportación y
el reasentamiento forzosos, dirigidas contra los kurdos iraquíes, los asirios y los
turcomanos, y vele por la integridad personal y las libertades de todos los
ciudadanos, incluida la población chiíta;
m) Coopere plenamente con la Comisión Tripartita y su subcomisión técnica
para determinar el paradero y la suerte de los varios centenares de personas que aún
están desaparecidas, incluidos los prisioneros de guerra, kuwaitíes y nacionales de
otros países víctimas de la ocupación ilegal de Kuwait por el Iraq, coopere con ese
fin con el Grupo de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos sobre
Desapariciones Forzadas o Involuntarias, coopere con el coordinador de alto nivel
del Secretario General encargado de la repatriación de todos los nacionales
kuwaitíes y de terceros países y la restitución de los bienes de propiedad kuwaití en
aplicación de lo dispuesto en la sección B de la resolución 1284 (1999) del Consejo
de Seguridad, pague una indemnización a las familias de las personas que murieron
o desaparecieron mientras se encontraban detenidas en poder de las autoridades
iraquíes, utilizando el mecanismo establecido en virtud de la resolución 692 (1991)
del Consejo de Seguridad, de 20 de mayo de 1991, ponga inmediatamente en
libertad a todos los kuwaitíes y nacionales de otros países que aún se encuentren
detenidos e informe a las familias sobre el paradero de los detenidos, proporcione
información sobre las penas de muerte impuestas a prisioneros de guerra y civiles
detenidos y expida certificados de defunción de los prisioneros de guerra y civiles
detenidos que hayan fallecido;
n)
Coopere más con los organismos internacionales de asistencia y las
organizaciones no gubernamentales en la prestación de ayuda humanitaria y en la
vigilancia en las zonas septentrionales y meridionales del país;
o)
Siga cooperando en la aplicación de las resoluciones del Consejo de
Seguridad relativas a cuestiones humanitarias y de derechos humanos;
p)
Coopere en la localización de los campos de minas existentes en el Iraq
para facilitar su acotación y posible desminado;
6.
Pide al Secretario General que facilite al Relator Especial toda la
asistencia que necesite para cumplir su mandato, y decide proseguir el examen de la
situación de los derechos humanos en el Iraq en su quincuagésimo octavo período
de sesiones, en relación con el tema titulado “Cuestiones relativas a los derechos
humanos”.
77ª sesión plenaria
18 de diciembre de 2002
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