S/RES/2352 (2017) el Comité Conjunto de Investigación en la Zona de Abyei sobre la muerte de un integrante de las fuerzas de paz de la UNISFA y del jefe supremo de los dinka ngok, acoge con beneplácito el comunicado de prensa emitido por el Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana el 24 de marzo de 2015, en el que se solicitaba a la Comisión de la Unión Africana que interactuara con las partes respecto de las conclusiones y recomendaciones citadas, y reitera la necesidad de que las dos comunidades puedan dar por concluida la cuestión del magnicidio d el jefe supremo de los dinka ngok, teniendo presente la necesidad de promover la estabilidad y la reconciliación en la zona de Abyei; 22. Expresa su intención de seguir examinando, según proceda, el mandato de la UNISFA con miras a una posible reconfiguración de la fuerza en función del cumplimiento por el Sudán y Sudán del Sur de las decisiones que figuran en su resolución 2046 (2012) y los compromisos asumidos por ambas partes en los Acuerdos de 20 de junio, 29 de junio y 30 de julio de 2011 y 27 de septiembre de 2012, que incluyen el repliegue de todas las fuerzas de la ZFDS, el logro de la plena capacidad operacional del MCVVF y los comités ad hoc, y la desmilitarización completa de la zona de Abyei; 23. Exhorta a todos los Estados Miembros, en particular al Sudán y a Sudán del Sur, a que aseguren el traslado libre, sin trabas y rápido a Abyei y desde Abyei, y en toda la ZFDS, de todo el personal, así como del equipo, las provisiones, los suministros y otros bienes, incluidos los vehículos, las aeronaves y las piezas de repuesto, que sean de uso exclusivo y oficial de la UNISFA; 24. Renueva su exhortación a los Gobiernos del Sudán y de Sudán del Sur a que presten total apoyo a las Naciones Unidas, entre otros medios, expidiendo con prontitud los visados de entrada en el Sudán y Sudán del Sur para el personal militar, policial y civil de las Naciones Unidas, incluido el personal humanitario, independientemente de su nacionalidad, facilitando los arreg los relativos a su base, la construcción de infraestructura en la zona de la misión y la autorización de vuelos, y proporcionando apoyo logístico, exhorta a los Gobiernos del Sudán y de Sudán del Sur a que faciliten los viajes desde el interior del Sudán y de Sudán del Sur hacia Abyei y viceversa, y exhorta también a todas las partes a que cumplan plenamente las obligaciones contraídas en virtud de los acuerdos sobre el estatuto de las fuerzas; 25. Reconoce que la ausencia de proyectos de desarrollo y la incapacidad para prestar servicios públicos básicos han tenido un efecto negativo en las poblaciones de Abyei, y exhorta al Gobierno del Sudán y al Gobierno de Sudán del Sur, así como a los donantes, a que apoyen la reconstrucción y el desarrollo de la capacidad; 26. Exige que el Gobierno del Sudán y el Gobierno de Sudán del Sur sigan facilitando el despliegue del Servicio de las Naciones Unidas de Actividades Relativas a las Minas (UNMAS) para asegurar la libertad de circulación del MCVVF, así como la detección y remoción de minas en la zona de Abyei y la ZFDS; 27. Exige también que todas las partes involucradas proporcionen a todo el personal humanitario acceso pleno, sin trabas y en condiciones de seguridad a los civiles necesitados de asistencia y todos los medios necesarios para sus operaciones, de conformidad con el derecho internacional, incluidas las disposiciones aplicables del derecho internacional humanitario, y con los principios rectores de la asistencia humanitaria de las Naciones Unidas; 28. Insta encarecidamente a todas las partes a que pongan fin a todas las formas de violencia, las vulneraciones y los abusos contra los derechos humanos, 8/9 17-07830

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