A/HRC/RES/57/6 b) Promuevan la accesibilidad y la inclusividad, en particular para las personas con discapacidad; c) Establezcan mecanismos y canales disponibles para denunciar casos de ciberacoso, que sean accesibles a todas las personas con discapacidad, así como mecanismos operacionales de reclamación adecuados; d) Colaboren de manera significativa con las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, por ejemplo en la aplicación de la diligencia debida en materia de derechos humanos, a fin de comprender sus preocupaciones en relación con el ciberacoso y los obstáculos que supone para su participación segura en los espacios digitales; e) Sigan participando en las iniciativas multipartitas internacionales destinadas a concienciar a todas las personas con discapacidad acerca de los riesgos de Internet y a empoderarlas ante ellos, y en las destinadas a prevenir y combatir el ciberacoso; 6. Decide incluir el tema de la lucha contra el ciberacoso de que son objeto las personas con discapacidad en el contexto de su siguiente debate interactivo anual sobre los derechos de las personas con discapacidad, que se celebrará durante su 58º período de sesiones; 7. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que prepare, y publique en un formato accesible y de lectura fácil, un informe sobre la lucha contra el ciberacoso de que son objeto las personas de edad, en el que se señalen las tendencias y dificultades recientes, así como los principios de derechos humanos aplicables, las salvaguardias y las mejores prácticas, y que lo presente al Consejo de Derechos Humanos en su 62º período de sesiones; 8. Solicita también a la Oficina del Alto Comisionado que, cuando prepare el informe anteriormente mencionado, colabore estrechamente con todas las partes interesadas pertinentes, incluidos los Estados, las organizaciones internacionales y regionales, los procedimientos especiales pertinentes del Consejo de Derechos Humanos, los órganos de tratados, otras oficinas, organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas, en el marco de sus respectivos mandatos, las instituciones nacionales de derechos humanos, la sociedad civil, en particular las personas de edad y las organizaciones que las representan, el sector privado y el mundo académico; 9. Solicita que las contribuciones al informe se presenten en un formato accesible y que dichas contribuciones de las partes interesadas y el propio informe, así como una versión en lectura fácil de ellos, se publiquen en el sitio web de la Oficina del Alto Comisionado, en un formato accesible, antes de que se presenten al Consejo de Derechos Humanos; 10. Decide seguir ocupándose de la cuestión. 46ª sesión 9 de octubre de 2024 [Aprobada sin votación.] GE.24-18691 7

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