A/HRC/RES/39/18
periódico universal, incluidas las relativas a los derechos de las personas de edad, lo cual ha
contribuido al logro de mejoras tangibles en la situación de los derechos humanos sobre el
terreno,
Observando con aprecio las contribuciones que aportan la Junta de Síndicos del
Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para la Cooperación Técnica
en Materia de Derechos Humanos y el Fondo de Contribuciones Voluntarias para la
Asistencia Financiera y Técnica en la Aplicación del Examen Periódico Universal a través
de sus informes anuales al Consejo de Derechos Humanos, en particular respecto de los
componentes de cooperación técnica y determinación de buenas prácticas,
Acogiendo con beneplácito la labor, y tomando nota con aprecio de los informes 1, de
la Experta Independiente sobre el disfrute de todos los derechos humanos por las personas
de edad, cuyo mandato consiste, entre otras cosas, en orientar, facilitar y apoyar la
prestación de servicios de asesoramiento, asistencia técnica, fomento de la capacidad y
cooperación internacional en apoyo de la labor nacional encaminada a hacer efectivos los
derechos de las personas de edad, y reconociendo la labor realizada por el Grupo de
Trabajo de Composición Abierta sobre el Envejecimiento,
1.
Pone de relieve que el debate general celebrado en el marco del tema 10 de la
agenda es una plataforma esencial para que los miembros y los observadores del Consejo
de Derechos Humanos intercambien ideas y opiniones a fin de aumentar la eficacia de las
actividades de cooperación técnica y fomento de la capacidad en la esfera de los derechos
humanos, y den a conocer experiencias, dificultades e información sobre la asistencia que
necesitan para cumplir sus obligaciones de derechos humanos y sus promesas y
compromisos voluntarios, incluidas las recomendaciones aceptadas del examen periódico
universal, así como sus logros y buenas prácticas en ese ámbito;
2.
Reitera que la cooperación técnica y el fomento de la capacidad en la esfera
de los derechos humanos deben seguir basándose en consultas con los Estados interesados,
que deberán dar su consentimiento, y tener en cuenta las necesidades de estos, así como el
hecho de que todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes,
están relacionados entre sí y obedecen al propósito de tener efectos concretos sobre el
terreno;
3.
Recalca la necesidad de estrechar la cooperación e intensificar el diálogo a
nivel internacional, regional y bilateral en materia de promoción y protección de los
derechos humanos, incluidos los derechos humanos de las personas de edad;
4.
Reafirma que la cooperación técnica debe seguir siendo una labor inclusiva
en que participen todos los interesados nacionales, entre ellos los organismos
gubernamentales, las instituciones nacionales de derechos humanos y la sociedad civil;
5.
Reafirma también la permanente necesidad de que aumenten las
contribuciones voluntarias a los fondos correspondientes de las Naciones Unidas para
apoyar la asistencia técnica y el fomento de la capacidad en materia de derechos humanos,
y alienta a los Estados, especialmente a los que todavía no lo hayan hecho, a que sigan
aportando contribuciones a esos fondos;
6.
Acoge con beneplácito la mesa redonda celebrada con arreglo a su resolución
36/28, de 29 de septiembre de 2017, en su 38º período de sesiones sobre el tema “Los
derechos humanos y los Objetivos de Desarrollo Sostenible: reforzar la cooperación técnica
y el fomento de la capacidad en materia de derechos humanos para contribuir a la
aplicación efectiva e inclusiva de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la que
los participantes examinaron los vínculos, que se refuerzan entre sí, entre los derechos
humanos y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la función de los órganos de tratados de
derechos humanos en la consolidación de esta interacción recíproca, la necesidad de
maximizar los efectos sobre el terreno y dar coherencia a las políticas a nivel nacional, la
necesidad de fomentar la capacidad en el ámbito de los sistemas nacionales de estadística y
la importancia de crear asociaciones entre múltiples partes interesadas, a saber, los
1
GE.18-16545
A/HRC/39/50 y Add.1 y 2.
3
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