A/RES/62/215
observada en los océanos sobre la biosfera marina aún no están documentados, la
acidificación gradual de los océanos ha de tener efectos negativos sobre los
organismos marinos testáceos y crustáceos y sus especies dependientes, y a este
respecto alienta a los Estados a realizar con urgencia nuevas investigaciones acerca
de la acidificación de los océanos, especialmente programas de observación y
medición;
82. Alienta a los Estados a que, a titulo individual o en colaboración con las
organizaciones y los órganos internacionales pertinentes, aumenten su actividad
científica para comprender mejor los efectos del cambio climático sobre el medio
marino y la biodiversidad marina y estudien medios y arbitrios de adaptación;
83. Exhorta a los Estados a que aumenten sus esfuerzos para reducir la
emisión de gases de efecto invernadero de conformidad con los principios
contenidos en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático 45, a fin de reducir y enfrentar los efectos negativos previstos del cambio
climático sobre el medio marino y la biodiversidad marina;
4F
84. Alienta a los Estados a que ratifiquen los acuerdos internacionales que
regulan la protección y la preservación del medio marino y sus recursos marinos
vivos contra la introducción de organismos acuáticos dañinos y de agentes
patógenos, la contaminación marina procedente de todas las fuentes y otras formas
de degradación física, así como los acuerdos en que se establecen indemnizaciones
por los daños resultantes de la contaminación marina, o se adhieran a ellos, y a que
adopten las medidas conformes con la Convención que sean necesarias para cumplir
y hacer cumplir las normas contenidas en esos acuerdos;
85. Alienta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que se hagan partes en
el Protocolo de 1996 del Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar
por vertimiento de desechos y otras materias, de 1972 (el “Protocolo de Londres”) 46,
y el Protocolo sobre cooperación, preparación y lucha contra la contaminación por
sustancias peligrosas y nocivas, de 2000 47;
45F
46F
86. Acoge con beneplácito el inicio de las actividades de la Organización
Marítima Internacional para investigar la formulación de medidas internacionales
encaminadas a reducir al mínimo la translocación de especies acuáticas invasoras
mediante la contaminación biológica de las naves, y alienta a los Estados y a las
organizaciones y los órganos pertinentes a que presten asistencia en ese proceso;
87. Observa con reconocimiento de que el 15 de noviembre de 2007 los
Estados miembros de la Comisión de Helsinki aprobaron en Cracovia (Polonia) el
Plan de Acción del Báltico, que tiene por objeto reducir drásticamente la
contaminación en el Mar Báltico y restablecer unas condiciones ecológicas buenas
para 2021;
88. Alienta a los Estados a que formulen y promuevan conjuntamente, de
conformidad con la Convención y otros instrumentos pertinentes, en forma bilateral
o regional, planes para imprevistos que permitan hacer frente a incidentes de
contaminación y a otros incidentes que puedan producir efectos adversos
considerables en el medio marino y en la biodiversidad marina;
_______________
45
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, No. 30822.
Organización Marítima Internacional, documento IMO/LC.2/Circ. 380.
47
HNS-OPRC/CONF/11/Rev.1, apéndice 1.
46
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