A/RES/62/215
89. Acoge con satisfacción las actividades del Programa de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente relacionadas con los desechos marinos llevadas a
cabo en cooperación con los órganos y organizaciones competentes de las Naciones
Unidas, y alienta a los Estados a que formen nuevas asociaciones con el sector
marítimo y la sociedad civil para aumentar la conciencia sobre la magnitud de los
efectos de los desechos marinos para la salud y la productividad del medio marino,
así como la consiguiente pérdida económica;
90. Insta a los Estados a integrar la cuestión de los desechos marinos en las
estrategias nacionales de gestión de desechos en la zona costera, los puertos y el
sector marítimo, incluidos el reciclado, la reutilización, la reducción y la
eliminación, y a alentar el establecimiento de incentivos económicos adecuados para
combatir el problema, incluida la elaboración de sistemas de recuperación de costos
que estimulen el uso de las instalaciones portuarias de recepción y disuadan a los
buques de verter desechos al mar, y alienta a los Estados a cooperar a nivel regional
y subregional en la preparación y ejecución de programas conjuntos de prevención y
recuperación de los desechos marinos;
91. Alienta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que se hagan partes en
el Protocolo de 1997 (Anexo VI–Reglas para prevenir la contaminación atmosférica
ocasionada por los buques) al Convenio internacional para prevenir la
contaminación por buques, de 1973, en su forma modificada por el Protocolo
correspondiente de 1978, y también a que ratifiquen el Convenio internacional para
el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, de 2004 48,
o se adhieran a él, para facilitar así su pronta entrada en vigor;
47F
92. Acoge con beneplácito la próxima entrada en vigor, el 17 de septiembre
de 2008, del Convenio internacional sobre el control de los sistemas antiincrustantes
perjudiciales en los buques, de 2001 49;
48F
93. Observa los trabajos que está realizando la Organización Marítima
Internacional con arreglo a su resolución sobre las políticas y prácticas de la
Organización Marítima Internacional en relación con la reducción de las emisiones
de gases de efecto invernadero procedentes de buques 50 y el plan de trabajo para
determinar y elaborar el mecanismo o los mecanismos necesarios a fin de limitar o
reducir las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte
marítimo internacional, y acoge con satisfacción las actividades que realiza esa
organización en tal sentido;
49F
94. Observa con reconocimiento la labor que realiza la Organización
Marítima Internacional con el fin de elaborar y aprobar un plan de acción sobre la
insuficiencia de las instalaciones portuarias de recepción de desechos e insta a los
Estados a que cooperen para remediar la falta de instalaciones de ese tipo de
conformidad con el plan de acción;
95. Exhorta a los Estados a aplicar el Programa de Acción Mundial para la
protección del medio marino frente a las actividades realizadas en tierra 51 y a
adoptar todas las medidas apropiadas para cumplir los compromisos de la
50F
_______________
48
Organización Marítima Internacional, documento BWM/CONF/36, anexo.
Organización Marítima Internacional, documento AFS/CONF/26, anexo.
50
Organización Marítima Internacional, resolución A.963(23) de la Asamblea.
51
A/51/116, anexo II.
49
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