A/RES/62/215 tareas y oportunidades tan diversas como la relación adecuada entre el derecho sobre el salvamento y la gestión y conservación científicas del patrimonio cultural submarino, el aumento de la capacidad tecnológica de descubrir y llegar a sitios submarinos, el pillaje y el aumento del turismo submarino; Observa los esfuerzos realizados por la Organización de las Naciones 8. Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura con respecto a la conservación del patrimonio cultural subacuático y en particular las normas anexas a la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, de 2001 12 que se refieren a la relación entre el derecho sobre el salvamento y los principios científicos de gestión, conservación y protección del patrimonio cultural subacuático entre los Estados partes, sus nacionales y los buques que enarbolan su pabellón; 1F Acoge con agrado la decisión adoptada por la Conferencia General de la 9. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en su 34ª reunión de aumentar los recursos disponibles para la Comisión Oceanográfica Intergubernamental en el próximo bienio 13, lo cual permitirá que la Comisión amplíe sus actividades de manera gradual y refuerce su capacidad en el marco de la organización; 12F II Creación de capacidad 10. Exhorta a los organismos donantes y a las instituciones financieras internacionales a que examinen sistemáticamente sus programas para asegurar que todos los Estados, y en particular los Estados en desarrollo, dispongan de los conocimientos económicos, jurídicos, náuticos, científicos y técnicos necesarios para la plena aplicación de la Convención y la consecución de los objetivos de la presente resolución, así como para el aprovechamiento sostenible de los océanos y los mares en los planos nacional, regional y mundial, y a que al mismo tiempo tengan presentes los intereses y las necesidades de los Estados en desarrollo sin litoral; 11. Alienta a que se intensifiquen los esfuerzos para crear capacidad en los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, así como los Estados ribereños de África, a fin de mejorar los servicios hidrográficos y la producción de cartas náuticas, incluidas las cartas electrónicas, así como la movilización de recursos y la creación de capacidad con el apoyo de las instituciones financieras internacionales y de la comunidad de donantes; 12. Exhorta a los Estados y a las instituciones financieras internacionales a que sigan reforzando las actividades de creación de capacidad en la investigación científica marina, en particular en los países en desarrollo, por medios como los programas de cooperación bilateral, regional y mundial y las asociaciones de colaboración técnica, capacitando a personal para desarrollar y mejorar los conocimientos especializados pertinentes, suministrando el equipo, los servicios y _______________ 12 Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Actas de la Conferencia General, 31ª reunión, París, 15 de octubre a 3 de noviembre de 2001, vol. 1 y corrección: Resoluciones, resolución 24, anexo. 13 Ibíd., 34ª reunión, París, 16 de octubre a 2 de noviembre de 2007, vol. 1: Resoluciones, resolución 93. 6

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