A/RES/62/215 observada en los océanos sobre la biosfera marina aún no están documentados, la acidificación gradual de los océanos ha de tener efectos negativos sobre los organismos marinos testáceos y crustáceos y sus especies dependientes, y a este respecto alienta a los Estados a realizar con urgencia nuevas investigaciones acerca de la acidificación de los océanos, especialmente programas de observación y medición; 82. Alienta a los Estados a que, a titulo individual o en colaboración con las organizaciones y los órganos internacionales pertinentes, aumenten su actividad científica para comprender mejor los efectos del cambio climático sobre el medio marino y la biodiversidad marina y estudien medios y arbitrios de adaptación; 83. Exhorta a los Estados a que aumenten sus esfuerzos para reducir la emisión de gases de efecto invernadero de conformidad con los principios contenidos en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 45, a fin de reducir y enfrentar los efectos negativos previstos del cambio climático sobre el medio marino y la biodiversidad marina; 4F 84. Alienta a los Estados a que ratifiquen los acuerdos internacionales que regulan la protección y la preservación del medio marino y sus recursos marinos vivos contra la introducción de organismos acuáticos dañinos y de agentes patógenos, la contaminación marina procedente de todas las fuentes y otras formas de degradación física, así como los acuerdos en que se establecen indemnizaciones por los daños resultantes de la contaminación marina, o se adhieran a ellos, y a que adopten las medidas conformes con la Convención que sean necesarias para cumplir y hacer cumplir las normas contenidas en esos acuerdos; 85. Alienta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que se hagan partes en el Protocolo de 1996 del Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, de 1972 (el “Protocolo de Londres”) 46, y el Protocolo sobre cooperación, preparación y lucha contra la contaminación por sustancias peligrosas y nocivas, de 2000 47; 45F 46F 86. Acoge con beneplácito el inicio de las actividades de la Organización Marítima Internacional para investigar la formulación de medidas internacionales encaminadas a reducir al mínimo la translocación de especies acuáticas invasoras mediante la contaminación biológica de las naves, y alienta a los Estados y a las organizaciones y los órganos pertinentes a que presten asistencia en ese proceso; 87. Observa con reconocimiento de que el 15 de noviembre de 2007 los Estados miembros de la Comisión de Helsinki aprobaron en Cracovia (Polonia) el Plan de Acción del Báltico, que tiene por objeto reducir drásticamente la contaminación en el Mar Báltico y restablecer unas condiciones ecológicas buenas para 2021; 88. Alienta a los Estados a que formulen y promuevan conjuntamente, de conformidad con la Convención y otros instrumentos pertinentes, en forma bilateral o regional, planes para imprevistos que permitan hacer frente a incidentes de contaminación y a otros incidentes que puedan producir efectos adversos considerables en el medio marino y en la biodiversidad marina; _______________ 45 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, No. 30822. Organización Marítima Internacional, documento IMO/LC.2/Circ. 380. 47 HNS-OPRC/CONF/11/Rev.1, apéndice 1. 46 17

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