A/HRC/RES/23/8 derechos humanos, y los desastres naturales o provocados por el ser humano, que no reciben suficiente protección y asistencia, y consciente de las graves dificultades que ello plantea a la comunidad internacional, 1. Encomia al Relator Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos por las actividades que ha llevado a cabo hasta la fecha, la función catalizadora que ha desempeñado para que se cobre más conciencia de la difícil situación de los desplazados internos, y los constantes esfuerzos realizados para atender las necesidades de desarrollo y otras necesidades específicas de esas personas, entre otras formas incorporando los derechos humanos de los desplazados internos en todos los ámbitos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas; 2. Acoge con satisfacción el informe del Relator Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos presentado al Consejo de Derechos Humanos en su 23º período de sesiones1; 3. Expresa su aprecio a los gobiernos y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales que han ofrecido protección y asistencia a los desplazados internos, entre otras cosas facilitando soluciones duraderas e integrando a los desplazados internos en sus planes nacionales de desarrollo, y han apoyado la labor del Relator Especial; 4. Expresa preocupación ante los persistentes problemas que plantea el gran número de desplazados internos en todo el mundo, en particular el riesgo de pobreza extrema y exclusión socioeconómica, su limitado acceso a la asistencia humanitaria y a las actividades y la asistencia para el desarrollo a largo plazo, su vulnerabilidad ante las infracciones del derecho internacional, en particular del derecho de los derechos humanos, las dificultades a que da lugar su situación particular, como la falta de alimentos, alojamiento, servicios de salud y educación, y los problemas que entraña su reintegración, entre otros la necesidad de restituirles sus bienes o de indemnizarlos cuando corresponda; 5. Expresa preocupación también por el problema de los desplazamientos internos prolongados y reconoce la necesidad de encontrar soluciones duraderas e integrar los derechos y las necesidades de los desplazados internos en las estrategias de desarrollo rural y urbano, y asegurar su participación en la formulación y aplicación de esas estrategias; 6. Expresa especial preocupación ante los graves problemas a que se enfrentan numerosas mujeres y niños desplazados internos, entre otros violencia y abusos, explotación sexual y laboral, trata de personas, reclutamiento forzoso y secuestros, y señala la necesidad de prestar atención de forma más sistemática y exhaustiva a sus necesidades especiales de asistencia, protección y desarrollo, así como a las de otros grupos con necesidades especiales, como las personas de edad, las personas con discapacidad y las personas gravemente traumatizadas que se vean afectadas por desplazamientos internos, teniendo en cuenta las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos; 7. Condena enérgicamente el hecho de que se sigan cometiendo actos de violencia sexual y en razón del género contra desplazados internos de todas las edades, entre ellos, y de manera desproporcionada, mujeres y niñas, e insta a las autoridades y a la comunidad internacional a que colaboren para adoptar medidas eficaces de prevención y garantizar la seguridad, la protección de los derechos humanos, el acceso a la justicia y la asistencia a las víctimas, así como afrontar las causas de la violencia contra mujeres y niñas y luchar contra la impunidad a todos los niveles; 1 2 A/HRC/23/44. GE.13-14968

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