A/HRC/RES/20/10* 29. Alienta al Experto independiente a que, en el desempeño de su labor, siga cooperando, con arreglo a su mandato, con el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los relatores especiales, los expertos independientes y los miembros de los grupos de trabajo de expertos del Consejo de Derechos Humanos y su Comité Asesor en las cuestiones relacionadas con los derechos económicos, sociales y culturales y el derecho al desarrollo; 30. Solicita al Experto independiente que informe a la Asamblea General sobre las consecuencias de la deuda externa y de las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales; 31. Solicita al Secretario General que ponga a disposición del Experto independiente toda la asistencia que precise, en particular todo el personal y los recursos necesarios para el desempeño de sus funciones; 32. Insta a los gobiernos, a las organizaciones internacionales, a las instituciones financieras internacionales, a las organizaciones no gubernamentales y al sector privado a que cooperen plenamente con el Experto independiente en el desempeño de su mandato; 33. Solicita al Experto independiente que en 2013 le presente un informe analítico sobre la aplicación de la presente resolución y sobre el proceso de preparación del comentario de los principios rectores sobre deuda externa y derechos humanos, de conformidad con su programa anual de trabajo, y que presente un informe sobre los progresos realizados al respecto a la Asamblea General en su sexagésimo séptimo período de sesiones; 34. Decide seguir examinando este asunto en su 23º período de sesiones en relación con el mismo tema de la agenda. 31ª sesión 5 de julio de 2012 [Aprobada en votación registrada por 31 votos contra 11 y 5 abstenciones. El resultado de la votación fue el siguiente: Votos a favor: Angola, Arabia Saudita, Bangladesh, Benin, Botswana, Burkina Faso, Camerún, China, Congo, Cuba, Djibouti, Ecuador, Federación de Rusia, Filipinas, Guatemala, India, Indonesia, Jordania, Kirguistán, Kuwait, Libia, Malasia, Maldivas, Mauricio, Mauritania, Nigeria, Qatar, Senegal, Tailandia, Uganda, Uruguay. Votos en contra: Austria, Bélgica, España, Estados Unidos de América, Hungría, Italia, Polonia, República Checa, República de Moldova, Rumania, Suiza. Abstenciones: Chile, Costa Rica, México, Noruega, Perú.] 6 GE.12-16203

Sélectionner le paragraphe cible3