A/HRC/RES/48/1
Reafirmando también que los derechos humanos, la democracia y el estado de derecho
crean un entorno en el que los países pueden promover el desarrollo, proteger a las personas
contra la discriminación y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos,
Reconociendo que el terrorismo tiene consecuencias devastadoras para el disfrute de
los derechos humanos y las libertades fundamentales de las víctimas y sus familias, en
particular las mujeres y las niñas, y reafirmando la importancia de combatir el terrorismo en
el Afganistán, respetando plenamente los derechos humanos, a fin de garantizar que no se
utilice el territorio del Afganistán para amenazar o atacar a ningún país, y que ni los talibanes
ni ningún otro grupo o individuo puedan apoyar a terroristas que actúen en el territorio de
ningún otro país,
Subrayando la necesidad de preservar y aprovechar los logros políticos, económicos
y sociales del pueblo afgano conseguidos en los últimos 20 años, y de lograr nuevas mejoras
en ese sentido, en particular para hacer frente a la pobreza y prestar servicios, estimular el
crecimiento económico, crear oportunidades de empleo, combatir la corrupción, mejorar la
transparencia, aumentar los ingresos internos y promover y cumplir las obligaciones
derivadas del derecho internacional de proteger todos los derechos humanos y las libertades
fundamentales,
Reiterando su apoyo a la labor de la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en
el Afganistán, de la Representante Especial del Secretario General para el Afganistán y del
Enviado Personal del Secretario General para el Afganistán a fin de facilitar un proceso de
paz y reconciliación inclusivo en el Afganistán,
Destacando la importancia de la seguridad del personal de las Naciones Unidas,
incluido el que trabaja en el ámbito de los derechos humanos, y del personal diplomático y
consular de los Estados Miembros de las Naciones Unidas y del personal humanitario,
incluido el femenino,
Tomando nota del comunicado de prensa emitido por el Consejo de Seguridad el 16
de agosto de 2021 sobre el Afganistán1,
1.
Condena en los términos más enérgicos posibles todas las violaciones y abusos
de los derechos humanos y violaciones del derecho internacional humanitario cometidos en
el Afganistán, en particular los que entrañan ejecuciones sumarias o extrajudiciales,
detenciones arbitrarias, violencia contra manifestantes pacíficos, periodistas y representantes
de los medios de comunicación, actos de represalia, redadas en oficinas de organizaciones
no gubernamentales y grupos de la sociedad civil, violaciones y abusos de los derechos
humanos de todas las mujeres y niñas y de las personas pertenecientes a minorías étnicas y
religiosas, y contra las personas que han trabajado para el Gobierno del Afganistán y antiguo
personal militar;
2.
Pide que se ponga fin de inmediato a todas las violaciones y abusos de los
derechos humanos y a las violaciones del derecho internacional humanitario en el Afganistán,
que se respeten rigurosamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, entre
otros los derechos a la vida, a un nivel de vida adecuado, que incluye una alimentación y una
vivienda adecuadas y agua potable salubre y saneamiento, a la educación, al trabajo, al más
alto nivel posible de salud física y mental, a la libertad de reunión pacífica y de religión o
creencias, a la libertad de expresión y el derecho a la libertad de circulación y la libertad de
abandonar el país, y que se proteja a los civiles y las infraestructuras civiles esenciales, en
particular las instalaciones médicas y educativas del país;
3.
Reafirma su compromiso inquebrantable con el disfrute pleno e igualitario
de todos los derechos humanos por la totalidad de las mujeres, las niñas y los niños en
el Afganistán, lo que comprende el derecho a la libertad de circulación, el derecho a la
educación, el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, incluida
la salud sexual y reproductiva, el derecho al trabajo y el derecho a acceder a la justicia en
igualdad de condiciones con los demás;
1
GE.21-14692
www.un.org/press/en/2021/sc14604.doc.htm.
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