A/79/181 39. La regulación de la conducta militar es una salvaguardia fundamental contra la tortura sexual. Muchos países han copiado versiones de la norma núm. 93 del derecho internacional humanitario consuetudinario del Comité Internacional de la Cruz Roja, que prohíbe explícitamente la violación y otras formas de violencia sexual. De estos delitos, numerosos manuales militares nacionales establecen que la violación, la prostitución forzada y los abusos sexuales están prohibidos y muchos de ellos especifican que estos actos constituyen crímenes de guerra 52. Es necesario abordar las incoherencias entre las leyes civiles y militares para que no creen problemas jurisdiccionales que puedan retrasar o impedir las investigaciones 53 o llevar a conclusiones opuestas 54. C. Trasladar la vergüenza y el estigma a los agresores 40. La vergüenza y el estigma siguen estando profundamente asociados a la violencia sexual de todo tipo, se extienden a los niños nacidos de violaciones y son factores clave que impiden la recuperación, la rehabilitación y la justicia. La complejidad de las amplias repercusiones que tiene en las personas supervivientes y el sufrimiento de estas se ve a menudo agravada por múltiples experiencias traumáticas 55. En caso de estigmatización añadida por parte de la comunidad en general, el trauma provocado por la violencia sexual puede intensificarse aún más 56 y está relacionado con un aumento significativo de los síntomas de depresión, ansiedad y trauma 57. 41. El estigma o la vergüenza causados por la violencia sexual deben recaer íntegramente en sus autores. No hay ningún estigma en ser torturado. No hay vergüenza en la tortura sexual. Las víctimas y las personas supervivientes no tienen la culpa de la violencia que se ejerce sobre ellas. Del mismo modo, tampoco son responsables los esposos, padres u otros familiares que tal vez carguen con el peso de no haber sido capaces de “proteger” a sus seres queridos. Es esencial cambiar la forma en que se habla y se considera el estigma para eliminar cualquier responsabilidad implícita de las víctimas, sus familias o las comunidades. 42. La naturaleza ius cogens de la tortura es inequívoca. Al abordar la violencia sexual en la guerra a través del marco de lucha contra la tortura, la vergüenza y el estigma se alejan de las víctimas y recaen por completo en quien deben: en los agresores y en quienes los envalentonan para cometer esos delitos. Esto incluye a las autoridades que, de manera explícita o implícita, autorizan la tortura sexual, por ejemplo permaneciendo impasibles y permitiendo que se produzca, reforzando las __________________ 52 53 54 55 56 57 24-13237 Por ejemplo Alemania, Argentina, Australia, Bélgica, Benin, Bosnia y Herzegovina, Burkina Faso, Canadá, China, Colombia, Congo, Croacia, Ecuador, El Salvador, España, Estados Unidos, Federación de Rusia, Filipinas, Francia, Hungría, India, Indonesia, Israel, Italia, Kenya, Madagascar, Malí, Marruecos, Nicaragua, Nigeria, Nueva Zelandia, Países Bajos, Perú, Reino Unido, República Dominicana, Rumanía, Senegal, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Togo y Uganda. Comunicación presentada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Nigeria. Comunicación presentada por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro PRODH) (México). Tobias Kube, Anna Caroline Elssner y Phillip Herzog, “The relationship between multiple traumatic events and the severity of posttraumatic stress disorder symptoms-evidence for a cognitive link”, European Journal of Psychotraumatology, 14(1), 2023. An Verelst, Maarten De Schryver, Eric Broekaert e Ilse Derluyn, “Mental health of victims of sexual violence in eastern Congo: associations with daily stressors, stigma, and labelling”, BMC Women's Health, 14;106, 2014, págs. 1 a 12. Sarah McIver Murray et al., “Stigma among survivors of sexual violence in Congo: scale development and psychometrics”, Journal of Interpersonal Violence, 33(3), febrero de 2018, 491-514. 11/25

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