A/79/181 para recibir atención médica y psicosocial 132. En Tigray (Etiopía), los proveedores de servicios trabajan con las víctimas de tortura sexual que han sido rechazadas por sus familias, ayudándolas a ser independientes económicamente 133. e) Profesionales capacitados: los profesionales que trabajan con víctimas de tortura sexual deben contar con capacitación específica en atención holística a las víctimas. Esto incluye la evaluación, identificación y comprensión de las repercusiones de la tortura sexual. Deben utilizar un lenguaje sensible y comprender los estereotipos culturales asociados a la violencia sexual contra personas diversas. Esta comprensión debe integrarse en la práctica clínica para evitar la culpabilización de las víctimas y su posible retraumatización. f) Seguridad y confidencialidad: todos los profesionales de la rehabilitación que trabajen con víctimas de tortura sexual deben dar prioridad al derecho de las personas supervivientes a la intimidad y a que estas ostenten el control sobre su información. El entorno de rehabilitación debe ser seguro y propicio, y debe empoderar a las personas supervivientes. g) Niños afectados por tortura sexual: existen retos adicionales y específicos para los niños nacidos de una violación como forma de tortura o malos tratos relacionados con ella. Estos factores deben tenerse en cuenta en los programas de rehabilitación y reparación, como el acceso a certificados de nacimiento, la identidad legal y la nacionalidad. La falta de identificación puede bloquear el acceso a derechos básicos, como el acceso a la educación y la atención sanitaria, la propiedad o la herencia. III. Llamamiento a la acción de la Relatora Especial sobre la tortura: por qué el marco contra la tortura es útil y aplicable 79. La Relatora Especial considera que el marco de lucha contra la tortura presenta grandes ventajas para examinar las agresiones sexuales en tiempo de guerra y otras situaciones similares en materia de seguridad, especialmente para las víctimas. Se han realizado muchos trabajos importantes sobre la violencia sexual relacionada con los conflictos, pero este delito sigue cometiéndose sin tregua. Es casi imposible identificar casos de violencia sexual en tiempo de guerra que no equivalgan al dolor o sufrimiento graves que caracterizan a la tortura o a los malos tratos relacionados con ella. La Relatora Especial aclara la pertinencia, la aplicabilidad y los beneficios de la prohibición internacional de la tortura, como se indica a continuación. a) Marco jurídico vinculante: la prohibición de la tortura es vinculante para todos los Estados y, como tal, protege a las víctimas de un modo que el marco de lucha contra la violencia sexual no puede. La tortura está absolutamente prohibida por el derecho internacional consuetudinario, y no se permite derogar dicha prohibición ni siquiera en caso de guerra u otras emergencias. La naturaleza jus cogens de este delito significa que no puede haber ninguna circunstancia en la que este tipo de violencia sea admisible. No se puede invocar una orden de un funcionario superior o de una autoridad pública como justificación de la tortura. No se pueden imponer plazos a los enjuiciamientos ni a la rehabilitación. Nadie puede ejercer la inmunidad. Las amnistías son inaplicables. Se identifican protecciones explícitas para víctimas y testigos, al tiempo que la asistencia jurídica mutua entre Estados y las obligaciones de enjuiciar o extraditar son claras. En resumen, los autores de tortura __________________ 132 133 22/25 Comunicación presentada por Azadi-e Zan. Comunicación presentada por la Asociación de Mujeres de Tigray. 24-13237

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