A/RES/59/110 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 10 de diciembre de 2004 Quincuagésimo noveno período de sesiones Tema 72 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 3 de diciembre de 2004 [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/59/466)] 59/110. Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción La Asamblea General, Recordando sus resoluciones anteriores relativas a la prohibición completa y efectiva de las armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y a su destrucción, Tomando conocimiento con satisfacción de que ciento cincuenta y dos Estados, incluidos todos los miembros permanentes del Consejo de Seguridad, son partes en la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción 1, Teniendo presente su llamamiento a todos los Estados partes en la Convención para que participaran en la aplicación de las recomendaciones de las conferencias de examen, incluido el intercambio de información y datos convenido en la Declaración Final de la Tercera Conferencia de las Partes encargada del examen de la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción 2, y para que proporcionaran anualmente al Secretario General la información y los datos mencionados, de conformidad con el procedimiento establecido y a más tardar el 15 de abril, Acogiendo con beneplácito la reafirmación que figura en la Declaración Final de la Cuarta Conferencia de Examen 3 de que, en virtud del artículo I de la Convención, quedan efectivamente prohibidos en todos los casos el uso de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y su desarrollo, producción y almacenamiento, Recordando la decisión adoptada en la Quinta Conferencia de Examen de celebrar tres reuniones anuales de los Estados partes, de una semana de duración cada una, a partir de 2003 y hasta la Sexta Conferencia de Examen, y celebrar una _______________ 1 Resolución 2826 (XXVI), anexo. BWC/CONF.III/23, segunda parte. 3 BWC/CONF.IV/9, segunda parte. 2 04-48289

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