A/HRC/38/46 interrupción del embarazo. En los países donde el aborto provocado está restringido por ley o no está disponible, la interrupción segura del embarazo es un privilegio de los ricos; las mujeres con recursos limitados no tienen más remedio que acudir a proveedores y prácticas de riesgo. Como demuestran claramente datos de la OMS, penalizar la interrupción del embarazo no reduce el número de mujeres que recurren a procedimientos de aborto. Por el contrario, es probable que aumente el número de mujeres que recurren a soluciones clandestinas y peligrosas. De hecho, al año se siguen practicando 25 millones de abortos peligrosos19. 36. En el marco del actual discurso, la necesidad de que los derechos humanos de las mujeres ocupen un lugar central en las consideraciones de política respecto de la interrupción del embarazo queda difuminada por la retórica y el poder político que apuntalan el argumento de que existe un equilibrio simétrico entre los derechos de dos entidades: la mujer y el feto. Sin embargo, en el derecho internacional de los derechos humanos no se plantea este orden de argumentación. En la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 quedó establecido, y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos confirmado, que los derechos humanos concedidos con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos corresponden a quienes ya han nacido. En el artículo 1 de la Declaración Universal se afirma que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Quienes creen que la condición de persona empieza en el momento de la concepción tienen potestad para actuar con arreglo a sus creencias, pero no para imponer sus creencias a otros sirviéndose del ordenamiento jurídico 20. 37. El Grupo de Trabajo reitera que gran parte de la discriminación que padecen las mujeres en cuanto a su derecho a acceder a servicios sanitarios relacionados con el embarazo y su consiguiente mala salud por causas prevenibles, así como la mortalidad materna y la morbilidad, puede achacarse a la instrumentalización y politización del cuerpo y la salud de la mujer (véase A/HRC/32/44). Criminalizar la interrupción del embarazo es una de las manifestaciones más perjudiciales de esa instrumentalización, al exponer a las mujeres a riesgos para su vida o su salud y privarlas de autonomía en la adopción de decisiones. La falta de acceso universal a educación sexual integral y a información y servicios sobre anticonceptivos, en particular en el caso de las adolescentes y las niñas, y la práctica del matrimonio infantil dan lugar a embarazos en la adolescencia y a la exclusión de las niñas de la educación y el empleo, lo cual limita su disfrute de otros muchos derechos. Participación económica y social 38. En sus informes el Grupo de Trabajo ha demostrado que, a lo largo de todo su ciclo vital, las mujeres siguen haciendo frente a desventajas estructurales y a discriminación en las esferas económica y social. Los obstáculos sociales y culturales siguen impidiendo a muchas niñas terminar sus estudios, y la discriminación jurídica, las desigualdades enraizadas en los sueldos, en la participación en la fuerza de trabajo y en las responsabilidades en cuanto a cuidar de otros impiden a las mujeres participar en igualdad de condiciones en la vida económica y social. Las labores no remuneradas de cuidado y trabajo en el hogar correspondientes a mujeres son 2,6 veces superiores a las de los hombres21. Las mujeres de edad están sujetas a diferencias en las pensiones por razón de género, con lo cual son especialmente vulnerables a la pobreza, y todas las mujeres corren un riesgo persistente de acoso sexual y otras formas de violencia de género en las escuelas, los lugares de trabajo y otros lugares públicos, así como en el hogar (véase A/HRC/26/39). 39. De hecho, las mujeres siguen percibiendo menor remuneración que los hombres por trabajo de igual valor y están insuficientemente representadas en las esferas superiores de los órganos decisorios del mundo empresarial, financiero y comercial, incluso en 19 20 21 10 Véase http://www.who.int/reproductivehealth/publications/unsafe_abortion/9789241548434/es/. Véase www.ohchr.org/Documents/Issues/Women/WG/WomensAutonomyEqualityReproductive Health.pdf. Véase http://www.unwomen.org/-/media/headquarters/attachments/sections/library/publications/ 2018/sdg-report-gender-equality-in-the-2030-agenda-for-sustainable-development-2018-es.pdf? la=es&vs=834. GE.18-07710

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