A/RES/60/210
Desarrollo 8, integrando ese objetivo en las estrategias encaminadas a alcanzar los
objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los que figuran en la
Declaración del Milenio5 orientados a reducir la mortalidad materna, mejorar la salud
materna, reducir la mortalidad infantil, promover la igualdad entre los géneros, luchar
contra el VIH/SIDA y erradicar la pobreza;
25. Exhorta a la comunidad internacional a que procure mitigar los efectos de
la inestabilidad excesiva y los trastornos económicos, que producen efectos negativos
y desproporcionados para la mujer, y a que aumente las oportunidades comerciales de
los países en desarrollo con el fin de mejorar la situación económica de la mujer;
26. Insta a la comunidad internacional, el sistema de las Naciones Unidas y
las organizaciones competentes a que, con carácter prioritario, apoyen los esfuerzos
de los países en desarrollo para asegurar la participación plena y efectiva de la
mujer en la adopción y aplicación de estrategias de desarrollo y en la incorporación
de las consideraciones de género en los programas nacionales, en particular
mediante la aportación de recursos suficientes a las actividades operacionales para
el desarrollo en apoyo de los esfuerzos de los gobiernos por lograr el acceso pleno e
igualitario de la mujer a la atención de la salud, el capital, la educación, la
capacitación y la tecnología, así como su participación plena y en pie de igualdad en
todos los procesos de adopción de decisiones;
27. Reconoce que se necesitará un aumento sustancial de la asistencia oficial
para el desarrollo y otros recursos para que los países en desarrollo puedan alcanzar
las metas y los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los
que figuran en la Declaración del Milenio, y que a fin de conseguir apoyo para la
asistencia oficial para el desarrollo será necesario cooperar para seguir mejorando las
políticas y estrategias de desarrollo, tanto a nivel nacional como internacional, a fin de
mejorar la eficacia de la ayuda;
28. Alienta a la comunidad internacional, el sistema de las Naciones Unidas, el
sector privado y la sociedad civil a que sigan proporcionando los recursos financieros
necesarios para asistir a los gobiernos en sus esfuerzos por alcanzar los objetivos de
desarrollo y los puntos de referencia convenidos en la Cumbre Mundial sobre el
Desarrollo Social, la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, la Conferencia
Internacional sobre la Población y el Desarrollo, la Cumbre del Milenio, la
Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, la Cumbre
Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, la Segunda Asamblea Mundial sobre el
Envejecimiento, los períodos extraordinarios de sesiones de la Asamblea General
vigésimo tercero y vigésimo cuarto y otras conferencias y cumbres pertinentes de las
Naciones Unidas;
29. Alienta al sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones
internacionales y regionales, según proceda, a que presten asistencia a los gobiernos,
cuando éstos lo soliciten, para el fomento de la capacidad institucional y la
preparación de planes de acción nacionales o la aplicación ulterior de los planes de
acción existentes para aplicar la Plataforma de Acción de Beijing;
30. Insta a los gobiernos a que creen y mantengan un entorno jurídico que no
sea discriminatorio y tenga en cuenta las cuestiones de género, revisando la legislación
con miras a tratar de suprimir lo antes posible las disposiciones discriminatorias y
eliminar las lagunas legislativas que dejan a mujeres y niñas sin la protección de sus
_______________
8
Veáse Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de
septiembre de 1994 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.95.XIII.18).
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