A/RES/60/169 Observando también con reconocimiento la labor realizada por la Organización Internacional del Trabajo y la Organización Internacional para las Migraciones a fin de resolver los problemas relacionados con la migración, Decidida a asegurar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los migrantes, 1. Condena enérgicamente las manifestaciones y los actos de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia contra los migrantes y los estereotipos que a menudo se les aplican, e insta a los Estados a que cumplan las leyes vigentes cuando ocurran actos de xenofobia o intolerancia, manifestaciones o expresiones contra los migrantes, para acabar con la impunidad de quienes cometen actos racistas y xenófobos, y exhorta a los Estados a que cumplan íntegramente los compromisos y recomendaciones relacionados con la promoción y protección de los derechos humanos de los migrantes que figuran en la Declaración y el Programa de Acción de Durban8, entre otras cosas adoptando planes de acción nacionales de conformidad con las recomendaciones de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia; Condena también enérgicamente todas las formas de discriminación 2. racial y xenofobia relacionadas con el acceso al empleo, la formación profesional, la vivienda, la escolarización y los servicios sanitarios y sociales, así como los servicios destinados al uso público; Acoge con beneplácito el activo papel que las organizaciones 3. gubernamentales y no gubernamentales desempeñan en la lucha contra el racismo y la xenofobia y en la asistencia a las víctimas de actos racistas, incluidos los migrantes; Exhorta a todos los Estados a que consideren la posibilidad de examinar 4. y, cuando sea necesario, modificar las políticas de inmigración con miras a eliminar todas las prácticas discriminatorias contra los migrantes y sus familiares y adoptar medidas eficaces para crear condiciones que promuevan una mayor armonía, tolerancia y respeto en la sociedad, y a que impartan capacitación especializada a los funcionarios gubernamentales encargados de formular normas y de hacer cumplir la ley, los funcionarios de migraciones y otros funcionarios competentes, incluso en cooperación con las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil; Pide a los Estados que promuevan y protejan efectivamente los derechos 5. humanos y las libertades fundamentales de todos los migrantes, sea cual sea su estatus en materia de inmigración, especialmente los de las mujeres y los niños, de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos1 y los instrumentos internacionales en que sean partes, como los Pactos internacionales de derechos humanos3, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 13, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 14, la Convención sobre los Derechos del Niño 15, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial 16, la Convención Internacional sobre la protección de los _______________ 13 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1465, No. 24841. Ibíd., vol. 1249, No. 20378. 15 Ibíd., vol. 1577, No. 27531. 16 Resolución 2106 A (XX), anexo. 14 4

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