A/RES/79/128 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 12 de diciembre de 2024 Septuagésimo noveno período de sesiones Tema 86 del programa Protección de las personas en caso de desastre Resolución aprobada por la Asamblea General el 4 de diciembre de 2024 [sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/79/476, párr. 8)] 79/128. Protección de las personas en caso de desastre La Asamblea General, Habiendo examinado el capítulo IV del informe de la Comisión de Derecho Internacional sobre la labor realizada en su 68º período de sesiones 1, en el que figura el proyecto de artículos sobre la protección de las personas en caso de desastre 2, Recordando que la Comisión decidió recomendar que se elaborase una convención tomando como base el proyecto de artículos sobre la protección de las personas en caso de desastre 3, Reafirmando los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, Recordando la Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las Relaciones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, de 1970 4, Poniendo de relieve la importancia que siguen teniendo la codificación y el desarrollo progresivo del derecho internacional a que se hace referencia en el Artículo 13, párrafo 1 a), de la Carta, Recordando sus resoluciones 71/141, de 13 de diciembre de 2016, 73/209, de 20 de diciembre de 2018, y 76/119, de 9 de diciembre de 2021, así como sus decisiones 75/526, de 15 de diciembre de 2020, y 78/516, de 7 de diciembre de 2023, __________________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo primer período de sesiones, suplemento núm. 10 (A/71/10). 2 Ibid., cap. IV, secc. E.1. 3 Ibid., secc. C. 4 Resolución 2625 (XXV), anexo. 24-23499 (S) *2423499*

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