A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/48/183
16 de marzo de 1994
Cuadragésimo octavo período de sesiones
Tema 93 del programa
RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/48/719)]
48/183.
Año Internacional para la Erradicación de
la Pobreza
La Asamblea General,
Recordando su resolución 47/196, de 22 de diciembre de 1992, titulada
"Observancia de un Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza",
Reafirmando sus resoluciones 43/195, de 20 de diciembre de 1988, 44/212,
de 22 de diciembre de 1989, 45/213, de 21 de diciembre de 1990, 46/141, de
17 de diciembre de 1991 y 47/197, de 22 de diciembre de 1992, relativas a la
cooperación internacional para la erradicación de la pobreza en los países en
desarrollo,
Reconociendo que la pobreza es un problema complejo y de múltiples
facetas cuyas causas son de origen tanto nacional como internacional, y que su
erradicación en todos los países, en particular en los países en desarrollo,
ha pasado a ser uno de los objetivos prioritarios del desarrollo para el
decenio de 1990 con el fin de promover el desarrollo sostenible,
Considerando que es preciso redoblar los esfuerzos que se realizan en
los planos nacional e internacional para lograr la erradicación de la pobreza,
en particular en los países menos adelantados, los países del Africa al sur
del Sáhara y en otros países donde hay grandes sectores de la población
afectados por la pobreza,
Acogiendo con beneplácito los avances logrados en la organización y la
observancia del Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza,
Teniendo en cuenta su decisión 35/424, de 5 de diciembre de 1980, y la
resolución 1980/67 del Consejo Económico y Social, de 25 de julio de 1980,
relativas a las directrices para años y aniversarios internacionales,
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