A/RES/52/130 Página 3 recopilación y análisis de las normas jurídicas, un marco amplio de protección de los desplazados internos, y toma nota de su labor encaminada a la preparación de principios rectores con ese fin; 7. Exhorta a todos los gobiernos a que continúen facilitando las actividades del representante del Secretario General, en especial los gobiernos con situaciones de desplazamiento interno, alentándoles a que consideren detenidamente la posibilidad de invitarlo a que visite su país a fin de que pueda estudiar y analizar más cabalmente los problemas existentes, y expresa su reconocimiento a los gobiernos que ya lo han hecho; 8. Invita a los gobiernos a que, en el marco de un diálogo con el representante del Secretario General, presten la debida consideración a las recomendaciones y sugerencias que les haga de conformidad con su mandato y le informen de las medidas que tomen al respecto; 9. Insta a todas las organizaciones de las Naciones Unidas relacionadas con la asistencia humanitaria y el desarrollo a que aumenten su colaboración con el representante del Secretario General estableciendo marcos de cooperación que promuevan la protección, la asistencia y el desarrollo para los desplazados internos y que le brinden toda la asistencia y el apoyo posibles; 10. Insta también a esas organizaciones a que, especialmente por conducto del Comité Permanente entre Organismos, establezcan un sistema más amplio y coherente de reunión de datos sobre la situación de los desplazados internos en colaboración con el representante del Secretario General; 11. Pide al Secretario General que preste toda la asistencia necesaria a su representante para que desempeñe su mandato con eficacia; 12. Decide continuar el examen de esta cuestión en su quincuagésimo cuarto período de sesiones. 70a. sesión plenaria 12 de diciembre de 1997

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