A/RES/60/166 b) Hacer todo lo posible, de conformidad con su legislación nacional y con las normas internacionales de derechos humanos, por garantizar que los lugares, santuarios y símbolos religiosos se respeten y protejan plenamente y adoptar medidas adicionales en los casos en que sean vulnerables a la profanación o la destrucción; c) Examinar, cuando proceda, las prácticas de registro existentes a fin de asegurar el derecho de todas las personas a manifestar su religión o sus convicciones, solas o en comunidad con otros y en público o en privado; d) Garantizar, en particular, el derecho de todas las personas a practicar su religión o reunirse en relación con una religión o creencia y establecer y mantener lugares para esos propósitos y el derecho de todas las personas a escribir, publicar y difundir textos pertinentes en esas esferas; e) Garantizar que, de conformidad con la legislación nacional apropiada y las normas internacionales y de derechos humanos, se respete y proteja plenamente la libertad de todas las personas y miembros de grupos de establecer y mantener instituciones religiosas, caritativas y humanitarias; f) Garantizar que nadie dentro de su jurisdicción se vea privado del derecho a la vida, la libertad o la seguridad de las personas a causa de su religión o sus convicciones y que nadie sea sometido a tortura ni arresto o detención arbitraria por ese motivo, y llevar ante la justicia a todos los responsables de violar esos derechos; g) Garantizar que todos los funcionarios y empleados públicos, incluidos los miembros de las fuerzas del orden, las fuerzas armadas y los docentes, en el desempeño de sus funciones oficiales, respeten las diferentes religiones y convicciones y no discriminen sobre la base de la religión o las convicciones, y que se proporcione toda la educación o capacitación necesaria y apropiada; Reconoce con profunda preocupación el aumento generalizado de los 5. casos de intolerancia y violencia dirigidos contra miembros de muchas comunidades religiosas y de otro tipo en diversas partes del mundo, incluidos los casos motivados por la islamofobia, el antisemitismo y la cristianofobia; Expresa preocupación por la persistencia de la intolerancia y 6. discriminación sociales e institucionalizadas que se practican en nombre de la religión o las convicciones contra muchas personas; Condena cualquier apología del odio religioso que constituya una 7. incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, ya sea mediante la utilización de medios de difusión impresos, audiovisuales y electrónicos o por cualquier otro medio; Destaca la necesidad de intensificar el diálogo, entre otras cosas, 8. revitalizando el Programa Mundial para el Diálogo entre Civilizaciones5; 9. Invita a los Estados, a la Relatora Especial, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y otras entidades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, así como a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, otras organizaciones internacionales y regionales y a la sociedad civil a considerar la posibilidad de fomentar el diálogo entre civilizaciones a fin de contribuir a eliminar la intolerancia y la discriminación fundadas en la religión o las convicciones, entre otras cosas, abordando las siguientes cuestiones en el marco de las normas internacionales de derechos humanos: 4

Sélectionner le paragraphe cible3

Se connecter à un paragraphe
Connect to an entity
Disable highlights
Ajouter à la table des matières