A/HRC/RES/58/19 Multitudinarios, a la Ley de Medios de Comunicación y a la Ley de la Abogacía y su Ejercicio, las enmiendas al Código Penal, adoptadas en mayo y diciembre de 2021, mayo de 2022 y marzo de 2023, el Código de Infracciones Administrativas aprobado en enero de 2022, las enmiendas a la Constitución aprobadas mediante el referéndum celebrado el 27 de febrero de 2022, las enmiendas a la Ley de Ciudadanía introducidas en enero de 2023, el Decreto Presidencial núm. 269 aprobado en agosto de 2023, el Decreto Presidencial aprobado en septiembre de 2023 sobre los procedimientos para la expedición de documentos y la realización de determinados trámites administrativos, las enmiendas a la Ley de Libertad de Conciencia y Organizaciones Religiosas adoptadas en diciembre de 2023, el Decreto Presidencial núm. 32 aprobado en enero de 2024 y las enmiendas a la Ley del Comité de Investigación introducidas en mayo de 2024, Observando con profunda preocupación el creciente uso de legislación relacionada con el “terrorismo” y el “extremismo” para intimidar, reprimir y enjuiciar a organizaciones por expresar opiniones disidentes o por defender los derechos humanos y a personas por ejercer sus libertades fundamentales, Deplorando la continua discriminación que afecta a las mujeres y las niñas y a las personas en situación de vulnerabilidad, como las personas con discapacidad y las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, lingüísticas y religiosas, y deplorando también la creciente discriminación, violencia y represión ejercidas contra las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales, Expresando hondo pesar por que, una vez más, las autoridades bielorrusas no hayan cumplido sus obligaciones con respecto al derecho de todos los ciudadanos a votar y a ser elegidos en elecciones periódicas libres y limpias, celebradas mediante procesos transparentes e inclusivos, de conformidad con las obligaciones del Estado en virtud del artículo 25 b) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y observando con preocupación que las autoridades bielorrusas no invitaron a su debido tiempo a observadores electorales internacionales o regionales independientes, por ejemplo de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, para que supervisaran el desarrollo de las elecciones presidenciales de 2025, con lo que impidieron el acceso a unas etapas fundamentales del proceso electoral, Expresando profunda preocupación por el uso persistente de la pena de muerte en Belarús, especialmente en un contexto en el que no se respetan las garantías de un juicio imparcial, y por la escasa información pertinente con respecto a su uso, en particular en el contexto de las enmiendas del Código Penal que amplían el uso de la pena de muerte, y teniendo en cuenta que la transparencia es un requisito de una justicia penal imparcial y eficaz, Lamentando la respuesta inadecuada y la persistente falta de cooperación de las autoridades de Belarús ante las peticiones formuladas por el Consejo de Derechos Humanos en sus resoluciones y las recomendaciones formuladas al Estado por el Alto Comisionado, la Relatoría Especial sobre la situación de los derechos humanos en Belarús y otros titulares de mandatos de procedimientos especiales y los órganos de tratados, así como ante las medidas recomendadas con arreglo al artículo 33 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo en las que se exhorta a Belarús a que aplique las recomendaciones de la comisión de encuesta y de los órganos de supervisión en el contexto del incumplimiento por Belarús de las obligaciones que le incumben en virtud de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo, y lamentando también la respuesta inadecuada ante las recomendaciones formuladas en los informes presentados en el marco del Mecanismo de Moscú de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, Destacando la necesidad de que se rindan cuentas por las violaciones y abusos de los derechos humanos, lo que es fundamental para prevenir nuevas violaciones y abusos y para el reconocimiento de las víctimas, garantizando que tengan acceso a la justicia y a un recurso efectivo, incluida la reparación, mediante la restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y las garantías de no repetición, y expresando honda preocupación ante la flagrante ausencia de rendición de cuentas por las violaciones y abusos de los derechos humanos en Belarús, GE.25-05463 3

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