A/HRC/RES/58/19
Multitudinarios, a la Ley de Medios de Comunicación y a la Ley de la Abogacía y su
Ejercicio, las enmiendas al Código Penal, adoptadas en mayo y diciembre de 2021, mayo
de 2022 y marzo de 2023, el Código de Infracciones Administrativas aprobado en enero
de 2022, las enmiendas a la Constitución aprobadas mediante el referéndum celebrado el 27
de febrero de 2022, las enmiendas a la Ley de Ciudadanía introducidas en enero de 2023, el
Decreto Presidencial núm. 269 aprobado en agosto de 2023, el Decreto Presidencial aprobado
en septiembre de 2023 sobre los procedimientos para la expedición de documentos y la
realización de determinados trámites administrativos, las enmiendas a la Ley de Libertad de
Conciencia y Organizaciones Religiosas adoptadas en diciembre de 2023, el Decreto
Presidencial núm. 32 aprobado en enero de 2024 y las enmiendas a la Ley del Comité de
Investigación introducidas en mayo de 2024,
Observando con profunda preocupación el creciente uso de legislación relacionada
con el “terrorismo” y el “extremismo” para intimidar, reprimir y enjuiciar a organizaciones
por expresar opiniones disidentes o por defender los derechos humanos y a personas por
ejercer sus libertades fundamentales,
Deplorando la continua discriminación que afecta a las mujeres y las niñas y a las
personas en situación de vulnerabilidad, como las personas con discapacidad y las personas
pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, lingüísticas y religiosas, y deplorando también
la creciente discriminación, violencia y represión ejercidas contra las personas lesbianas,
gais, bisexuales, transgénero e intersexuales,
Expresando hondo pesar por que, una vez más, las autoridades bielorrusas no hayan
cumplido sus obligaciones con respecto al derecho de todos los ciudadanos a votar y a ser
elegidos en elecciones periódicas libres y limpias, celebradas mediante procesos
transparentes e inclusivos, de conformidad con las obligaciones del Estado en virtud del
artículo 25 b) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y observando con
preocupación que las autoridades bielorrusas no invitaron a su debido tiempo a observadores
electorales internacionales o regionales independientes, por ejemplo de la Organización para
la Seguridad y la Cooperación en Europa, para que supervisaran el desarrollo de las
elecciones presidenciales de 2025, con lo que impidieron el acceso a unas etapas
fundamentales del proceso electoral,
Expresando profunda preocupación por el uso persistente de la pena de muerte en
Belarús, especialmente en un contexto en el que no se respetan las garantías de un juicio
imparcial, y por la escasa información pertinente con respecto a su uso, en particular en el
contexto de las enmiendas del Código Penal que amplían el uso de la pena de muerte, y
teniendo en cuenta que la transparencia es un requisito de una justicia penal imparcial y
eficaz,
Lamentando la respuesta inadecuada y la persistente falta de cooperación de las
autoridades de Belarús ante las peticiones formuladas por el Consejo de Derechos Humanos
en sus resoluciones y las recomendaciones formuladas al Estado por el Alto Comisionado, la
Relatoría Especial sobre la situación de los derechos humanos en Belarús y otros titulares de
mandatos de procedimientos especiales y los órganos de tratados, así como ante las medidas
recomendadas con arreglo al artículo 33 de la Constitución de la Organización Internacional
del Trabajo en las que se exhorta a Belarús a que aplique las recomendaciones de la comisión
de encuesta y de los órganos de supervisión en el contexto del incumplimiento por Belarús
de las obligaciones que le incumben en virtud de los convenios de la Organización
Internacional del Trabajo, y lamentando también la respuesta inadecuada ante las
recomendaciones formuladas en los informes presentados en el marco del Mecanismo de
Moscú de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa,
Destacando la necesidad de que se rindan cuentas por las violaciones y abusos de los
derechos humanos, lo que es fundamental para prevenir nuevas violaciones y abusos y para
el reconocimiento de las víctimas, garantizando que tengan acceso a la justicia y a un recurso
efectivo, incluida la reparación, mediante la restitución, la indemnización, la rehabilitación,
la satisfacción y las garantías de no repetición, y expresando honda preocupación ante la
flagrante ausencia de rendición de cuentas por las violaciones y abusos de los derechos
humanos en Belarús,
GE.25-05463
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