A/RES/51/184
Página 3
Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la aplicación
de su resolución 50/1156,
1.
Toma nota de las disposiciones administrativas relativas a
cuestiones financieras y de personal acordadas en el contexto de las
disposiciones transitorias para la prestación de apoyo administrativo a la
secretaría de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático en el bienio 1996-19977;
2.
Toma nota también de las disposiciones adoptadas para prestar
servicios de conferencia a la Conferencia de las Partes en la Convención y a
sus órganos subsidiarios en el bienio 1996-19978;
3.
Reitera la petición hecha al Secretario General, en el párrafo 10
de su resolución 50/115, de que examine las disposiciones mencionadas en los
párrafos 1 y 2 supra hacia finales del bienio 1996-1997 y le informe, en su
quincuagésimo segundo período de sesiones, sobre los resultados de ese examen,
teniendo en cuenta las necesidades que vayan surgiendo de resultas del
traslado de la secretaría de la Convención a Bonn;
4.
Toma nota con reconocimiento de las contribuciones aportadas a los
fondos extrapresupuestarios establecidos de conformidad con los párrafos 10 y
20 de la resolución 45/212 y mantenidos de conformidad con la resolución
47/195, e insta a los Estados Miembros que son partes en la Convención a que
también contribuyan generosamente al fondo fiduciario para la participación en
el proceso de la Convención, previsto en el párrafo 15 de sus procedimientos
financieros, y también a los fondos fiduciarios previstos para actividades
complementarias en relación con la Convención9;
5.
Exhorta a los Estados Miembros que son partes en la Convención a
que, de conformidad con la escala indicativa aprobada por consenso en la
Conferencia de las Partes10, paguen en su totalidad y puntualmente, respecto
de los años 1996 y 1997, las cuotas fijadas para sufragar el fondo fiduciario
del presupuesto básico de la Convención, previsto en el párrafo 13 de sus
procedimientos financieros, a fin de garantizar la continuidad de la corriente
de efectivo necesaria para financiar la labor en curso de la Conferencia de
las Partes, sus órganos subsidiarios y la secretaría de la Convención;
6.
Invita al Secretario Ejecutivo de la Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático a que le presente un informe en su
quincuagésimo segundo período de sesiones y a que, en espera de los resultados
del período extraordinario de sesiones de la Asamblea General que se ha de
celebrar en 1997, le informe de los resultados de las futuras reuniones de la
Conferencia de las Partes en la Convención;
6
A/51/484.
7
Ibíd., párrs. 14 a 18.
8
Ibíd., párr. 9.
9
FCCC/CP/1995/7/Add.1, decisión 15/CP.1, anexo I, y decisión 18/CP.1.
10
Ibíd., decisión 15/CP.1, anexo II.
/...