A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/146
9 de marzo de 1998
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 112 c) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/52/644/Add.3)]
52/146. Situación de los derechos humanos en Rwanda
La Asamblea General,
Guiándose por la Carta de las Naciones Unidas, la Carta Internacional de Derechos Humanos1, la
Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio2 y otras normas aplicables de
derechos humanos y derecho humanitario,
Recordando su resolución 51/114, de 12 de diciembre de 1996, así como sus resoluciones anteriores
sobre la cuestión, y tomando nota de la resolución 1997/66 de la Comisión de Derechos Humanos, de
16 de abril de 19973,
Reafirmando que la adopción de medidas eficaces para evitar que se cometan nuevas violaciones de
los derechos humanos y las libertades fundamentales debe ser un elemento central e integral de la acción
general de Rwanda y de las Naciones Unidas en atención a la situación en Rwanda, y que la consolidación
1
Véase resoluciones 217 A (III), 2200 A (XXI), anexo, y 44/128, anexo.
2
Resolución 260 A (III).
3
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1997, Suplemento No. 3 (E/1997/23),
cap. II, secc. A.
98-77146
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