A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/50/200 11 de marzo de 1996 Quincuagésimo período de sesiones Tema 112 c) del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/50/635/Add.3)] 50/200. Situación de los derechos humanos en Rwanda La Asamblea General, Guiándose por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos 1/, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos 2/, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio 3/ y otras normas aplicables de derechos humanos y derecho humanitario, Recordando su resolución 49/206, de 23 de diciembre de 1994, y tomando nota de la resolución 1995/91 de la Comisión de Derechos Humanos, de 8 de marzo de 1995 4/, en la que la Comisión renovó el mandato del Relator Especial para investigar la situación de los derechos humanos en Rwanda, Observando con beneplácito que el Gobierno de Rwanda se ha comprometido a proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales y promover su respeto y eliminar la impunidad, recordando los intentos por restablecer el imperio de la ley y reconstruir la administración pública y la infraestructura social, jurídica y de derechos humanos, y observando que esos intentos tropiezan con el obstáculo de la falta de recursos, 1/ Resolución 217 A (III). 2/ Resolución 2200 A (XXI), anexo. 3/ Resolución 260 A (III). 4/ Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1995, Suplemento No. 3 y correcciones (E/1995/23 y Corr.1 y 2), cap. II, secc. A. 96-77128 /...

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