Medidas para mejorar la promoción y protección de los
derechos humanos y la dignidad de las personas de edad
A/RES/70/164
Observando con aprecio la labor de la Experta Independiente sobre el disfrute
de todos los derechos humanos por las personas de edad, nombrada por el Consejo
de Derechos Humanos,
Tomando nota con aprecio del informe del Secretario General sobre el
seguimiento del Año Internacional de las Personas de Edad: Segunda Asamblea
Mundial sobre el Envejecimiento 10 y del informe de la Alta Comisionada de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre los derechos humanos de las
personas de edad 11,
Tomando nota con aprecio de la labor del Grupo de Trabajo de Composición
Abierta sobre el Envejecimiento 12 y reconociendo las valiosas contribuciones de los
Estados Miembros, así como de los órganos y las organizaciones competentes del
sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones intergubernamentales y no
gubernamentales pertinentes, las instituciones nacionales de derechos humanos y los
panelistas invitados, durante los seis períodos de sesiones de trabajo del Gru po de
Trabajo,
Acogiendo con beneplácito la adopción de la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible 13 y destacando la necesidad de que nadie se quede atrás, incluidas las
personas de edad,
Observando las novedades en materia de protección y promoción de los
derechos humanos de las personas de edad que se han producido recientemente a
nivel regional, como la Convención Interamericana sobre la Protección de los
Derechos Humanos de las Personas Mayores,
Observando también que, según las previsiones, entre 2015 y 2030, el número
de personas de 60 años o más en el mundo crecerá un 56%, de 901 millones a
1.400 millones 14, y reconociendo que el aumento del número de personas de edad
será mayor y más rápido en el mundo en desarrollo,
Reconociendo la contribución esencial que los hombres y las mujeres de edad
pueden hacer al funcionamiento de las sociedades y al logro de la Agenda 2030 para
el Desarrollo Sostenible,
Preocupada por las múltiples formas de discriminación que pueden afectar a
las personas de edad y por la alta incidencia de la pobreza entre ellas, especialmente
las mujeres, las personas con discapacidad, los afrodescendientes, los pueblos
indígenas, las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y
lingüísticas, las personas del medio rural, las personas que viven en la calle y los
refugiados, entre otros grupos,
Observando que las mujeres de edad superan en número a los hombres de edad
y observando con preocupación que esas mujeres a menudo se enfrentan a múlt iples
formas de discriminación o pueden ser víctimas de la violencia, como resultado de
sus roles sociales basados en el género, situación que se agrava debido a su edad o
discapacidad u otros motivos, lo cual afecta el disfrute de sus derechos humanos,
_______________
10
A/70/185.
E/2012/51 y Corr.1.
12
Véase A/AC.278/2015/2.
13
Resolución 70/1.
14
Véase Departamento de Asuntos Económicos y Sociales, World Population Prospects: The 2015
Revision, Key Findings and Advance Tables (ESA/P/WP.241).
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