A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/48/65 5 de enero de 1994 Cuadragésimo octavo período de sesiones Tema 61 del programa RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/48/666)] 48/65. Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción La Asamblea General, Recordando, en particular, sus resoluciones anteriores relativas a la prohibición completa y efectiva de las armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y a su destrucción, Recordando también su resolución 46/35 A, aprobada sin votación el 6 de diciembre de 1991, por la cual acogió con satisfacción, entre otras cosas, el establecimiento, con arreglo a lo recomendado por la Tercera Conferencia de las Partes encargada del examen de la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción 1/, de un grupo ad hoc de expertos gubernamentales abierto a todos los Estados partes para identificar y examinar posibles medidas de verificación desde un punto de vista científico y técnico, Observando con satisfacción que son partes en la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción 2/ más de 130 Estados, incluidos todos los miembros permanentes del Consejo de Seguridad, ____________ 1/ Véase BWC/CONF.III/23. 2/ Resolución 2826 (XXVI), anexo. /...

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