Ciencia, tecnología e innovación para el desarrollo sostenible A/RES/74/229 ecológicamente racionales y a que fomenten la participación del sector empresarial y el sector financiero en el desarrollo de esas tecnologías, e invita a la comunidad internacional a que apoye esos esfuerzos; 9. Alienta a todas las partes interesadas a que, en un esfuerzo por prepararse para las oportunidades y los desafíos actuales y futuros que plantea el cambio tecnológico, incluida la cuarta revolución industrial, entre otros, estudien los medios para realizar actividades de previsión y evaluación tecnológicas a nivel nacional, regional e internacional de carácter inclusivo relativas a tecnologías existentes, nuevas y emergentes para contribuir a evaluar su potencial de desarrollo y mitigar los posibles riesgos y efectos negativos; 10. Alienta a los Estados Miembros a que, de manera individual y conjunta, apoyen políticas que aumenten la inclusión financiera, por ejemplo, mediante el uso de la tecnología financiera, con miras a profundizar y diversificar las fuentes de financiación y las inversiones directas en ciencia, tecnología e innovación que permitan alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible 11; 11. Alienta también a los Estados Miembros a que promuevan las capacidades locales de innovación para el desarrollo económico inclusivo y sostenibl e mediante la reunión de los conocimientos locales en materia de ciencia, formación profesional e ingeniería, la movilización de recursos de múltiples canales, la mejora de la tecnología de la información y las comunicaciones y el apoyo al desarrollo de la s infraestructuras; 12. Alienta además a los Estados Miembros a que promuevan la inclusión digital y la alfabetización y consideren la posibilidad de incorporar las competencias digitales al sistema de educación, haciendo especial hincapié en la promoció n de las niñas, y aumentar el desarrollo de aptitudes y competencias digitales, por ejemplo, mediante la inversión en cualificación digital, la especialización en tecnologías digitales, la infraestructura digital, la elaboración de políticas públicas, la c reación de instituciones y la colaboración entre múltiples interesados y múltiples países; 13. Subraya que para hacer frente a los obstáculos que impiden la igualdad de acceso de las mujeres y las niñas a la ciencia, la tecnología y la innovación se requ iere un enfoque sistemático, amplio, integrado, sostenible, multidisciplinario y multisectorial y, a este respecto, insta a los Estados Miembros a que incorporen la perspectiva de género en la legislación, las políticas y los programas, y alienta los esfuerzos por orientar, atraer y retener a las mujeres y las niñas en la educación y la investigación en las esferas de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas y apoyar a las mujeres para que puedan aprovechar la ciencia y la tecnología en iniciativas empresariales y para su empoderamiento económico en el cambiante mundo del trabajo; 14. Pone de relieve la importancia de que las mujeres y las niñas participen en la ciencia, la tecnología y la innovación y sigue alentando al sistema de las Na ciones Unidas para el desarrollo a que apoye los esfuerzos por reducir la disparidad de género en esas esferas, con la cooperación de los Estados Miembros y las organizaciones internacionales de investigación colaborativa; 15. Observa la importancia de facilitar el acceso a tecnologías accesibles y de apoyo y compartirlas, mediante la transferencia de tecnología en condiciones mutuamente convenidas y otras medidas, a fin de promover un desarrollo que incluya a las personas con discapacidad, asegurar la accesibilidad para esas personas y promover su empoderamiento; __________________ 11 19-22501 Véase la resolución 70/1. 7/10

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