A/RES/63/139 de Asuntos Humanitarios de la Secretaría para aumentar la coordinación, la eficacia y la eficiencia de la asistencia humanitaria; 3. Exhorta a las organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas y, según proceda, a los demás agentes humanitarios competentes a que perseveren en su esfuerzo por mejorar la respuesta humanitaria a los desastres naturales y causados por el hombre y a las situaciones complejas de emergencia prosiguiendo el fortalecimiento de la capacidad de respuesta humanitaria a todos los niveles, aumentando aún más la coordinación de la asistencia humanitaria sobre el terreno, incluso con las autoridades nacionales del Estado afectado, según proceda, y continuando la mejora de la transparencia, el desempeño y la rendición de cuentas; Reconoce los beneficios que genera la colaboración y la coordinación 4. con los agentes humanitarios competentes para la eficacia de la respuesta humanitaria y alienta a las Naciones Unidas a que prosigan la labor encaminada a fortalecer las asociaciones de colaboración a nivel mundial con el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, las organizaciones no gubernamentales humanitarias competentes y los demás participantes en el Comité Permanente entre Organismos; Pide al Secretario General que fortalezca el apoyo que se presta a los 5. coordinadores residentes y de asuntos humanitarios y a los equipos de las Naciones Unidas en los países por medios como la capacitación necesaria, la búsqueda de recursos y el mejoramiento del proceso de búsqueda y selección de los coordinadores residentes y de asuntos humanitarios de las Naciones Unidas; Reafirma la importancia de que se aplique el Marco de Acción de Hyogo 6. para 2005-2015: Aumento de la resiliencia de las naciones y las comunidades ante los desastres5, y exhorta a los gobiernos nacionales y la comunidad internacional a que aumenten los recursos destinados a medidas de reducción del riesgo de desastre, en particular la preparación para responder eficazmente y la planificación para imprevistos; Alienta a la comunidad internacional, incluidas las organizaciones 7. competentes de las Naciones Unidas y la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, a que apoye los esfuerzos de los Estados Miembros para fortalecer su capacidad de preparación para los desastres y de respuesta a ellos, así como, según proceda, los esfuerzos para reforzar los sistemas de detección y vigilancia del riesgo de desastre, en particular la vulnerabilidad y los peligros naturales; Reconoce la importancia de la labor de las organizaciones internacionales 8. y, en su caso, regionales en apoyo del empeño de los Estados por mejorar la cooperación internacional en la respuesta en casos de desastre y alienta a los Estados Miembros y, cuando proceda, a las organizaciones regionales a que fortalezcan los marcos operacionales y jurídicos del socorro internacional en casos de desastre, teniendo en cuenta, según corresponda, las Directrices sobre la facilitación y reglamentación nacionales de las operaciones internacionales de socorro en casos de desastre y asistencia para la recuperación inicial, aprobadas en la XXX Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, que se celebró en Ginebra del 26 al 30 de noviembre de 2007; Insta a los Estados Miembros, las Naciones Unidas y demás 9. organizaciones competentes a que adopten medidas adicionales para proporcionar una respuesta de emergencia coordinada a las necesidades alimentarias y nutricionales de la población damnificada, procurando a la vez que dichas medidas 3

Sélectionner le paragraphe cible3