A/HRC/RES/58/1 Reconociendo la asistencia técnica y para el fomento de la capacidad prestada hasta la fecha a Sudán del Sur por la comunidad internacional, incluidos la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán del Sur y otros órganos de las Naciones Unidas, y la necesidad permanente de prestar una asistencia técnica y para el fomento de la capacidad de calidad, coordinada y coherente en el ámbito de los derechos humanos, en particular atendiendo a las solicitudes del Gobierno de Sudán del Sur, y que, para que la asistencia sea efectiva, se requiere, entre otras cosas, la voluntad política del Gobierno de transición de Sudán del Sur para afrontar los retos actuales y lograr la paz, la estabilidad y una mejora sostenible de la situación de los derechos humanos en Sudán del Sur, Consciente de los efectos del desafío permanente que supone el persistente conflicto armado en la República del Sudán para la estabilidad en Sudán del Sur, así como para las actividades locales, regionales, nacionales e internacionales destinadas a mejorar la situación de los derechos humanos en Sudán del Sur, Observando con preocupación que los ataques contra trabajadores humanitarios no han disminuido en Sudán del Sur, y exhortando a todas las partes a que permitan la entrega de asistencia humanitaria y la protección de los trabajadores humanitarios, y velen al mismo tiempo por el pleno cumplimiento del derecho internacional humanitario, en consonancia con la resolución 2730 (2024) del Consejo de Seguridad, de 24 de mayo de 2024, Reafirmando la necesidad de garantizar la seguridad del personal de las Naciones Unidas, incluidos los miembros de la Misión de las Naciones Unidas en Sudán del Sur, e instando a todas las partes a que protejan a los trabajadores humanitarios y al personal de mantenimiento de la paz en el país, Observando con preocupación la reciente escalada de la violencia en Sudán del Sur, incluida la muerte de miembros del personal de la Misión de las Naciones Unidas en Sudán del Sur, así como las detenciones de altos cargos militares y figuras políticas, y acogiendo con beneplácito los esfuerzos regionales en favor del diálogo y la distensión, entre otras cosas la 43ª Cumbre Extraordinaria de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo, 1. Acoge con beneplácito y reconoce la continua cooperación del Gobierno de Sudán del Sur con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y la Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán del Sur en el cumplimiento de sus mandatos, incluidos la autorización de los viajes al país y en su interior, la facilitación de reuniones y el suministro de información pertinente; 2. Exhorta al Gobierno a que coopere plena y constructivamente con la Misión de las Naciones Unidas en Sudán del Sur, así como con los mecanismos regionales, subregionales e internacionales sobre el terreno, y a que les dé acceso sin trabas; 3. Acoge con beneplácito y reconoce el hecho de que el Gobierno de Sudán del Sur facilitase una visita de los miembros de la Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán del Sur al país en febrero de 2025, lo que les permitió reunirse con diversos actores, como víctimas y testigos en diversos lugares, y acoge con beneplácito las reuniones mantenidas entre los miembros de la Comisión y altos representantes del Gobierno; 4. Observa la cooperación continua del Gobierno de Sudán del Sur con la Unión Africana, la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo y la Misión de las Naciones Unidas en Sudán del Sur, incluida su División de Derechos Humanos, y acoge con beneplácito a este respecto la visita sobre el terreno realizada a nivel ministerial por los miembros del Comité Especial de Alto Nivel de la Unión Africana para Sudán del Sur (también denominado “C5”) a Yuba del 15 al 17 de enero de 2025; 5. Acoge con beneplácito las leyes recientemente promulgadas por las que se establecen la Comisión de la Verdad, la Reconciliación y la Regeneración y la Autoridad de Indemnizaciones y Reparaciones, y exhorta al Gobierno de Transición de Unidad Nacional Revitalizado que haga plenamente efectivas estas leyes, con el apoyo de la Unión Africana, y que proporcione los recursos necesarios para aplicarlas; GE.25-05329 3

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