A/HRC/RES/41/9
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
18 de julio de 2019
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
41er período de sesiones
24 de junio a 12 de julio de 2019
Tema 3 de la agenda
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 11 de julio de 2019
41/9.
Las consecuencias negativas de la corrupción en el disfrute
de los derechos humanos
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por la Carta de las Naciones Unidas,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos
Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de derechos
humanos pertinentes,
Recordando todas las resoluciones pertinentes de la Comisión de Derechos
Humanos y del Consejo de Derechos Humanos,
Recordando también que la Convención de las Naciones Unidas contra la
Corrupción, que cuenta con 140 Estados signatarios y 186 Estados partes, ha sido el
instrumento sobre corrupción más completo y universal que existe desde su entrada en
vigor el 14 de diciembre de 2005, y que sus propósitos se enumeran en su artículo 1,
Reafirmando que recae en los Estados la responsabilidad primordial de promover y
proteger los derechos humanos,
Observando con interés las conclusiones de los períodos de sesiones de la
Conferencia de los Estados Partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la
Corrupción, y destacando la necesidad de que los Estados partes en la Convención aseguren
la aplicación efectiva de las resoluciones aprobadas por la Conferencia,
Acogiendo con beneplácito el octavo período de sesiones de la Conferencia de los
Estados Partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que se
celebrará en Abu Dabi en diciembre de 2019,
Tomando nota de las conclusiones que figuran en el resumen del taller de expertos
sobre buenas prácticas de apoyo del sistema de las Naciones Unidas a los Estados en la
prevención y la lucha contra la corrupción, con especial atención en los derechos humanos1,
Reconociendo que los grupos de personas pobres, marginadas y vulnerables de la
sociedad corren un riesgo particular de sufrir las consecuencias negativas de la corrupción
en el disfrute de los derechos humanos,
1
A/HRC/41/20.
GE.19-12275 (S)
260719
020819