A/RES/58/273
v) Los trabajos de la Corte o de sus salas fuera de La Haya (Artículo 22 del
Estatuto), siempre que los gastos no excedan de 25.000 dólares en total;
c)
Los compromisos que el Secretario General certifique que son
necesarios para la adopción de medidas de seguridad entre organizaciones de
conformidad con lo dispuesto en la sección IV de la resolución 36/235 de la
Asamblea General, de 18 de diciembre de 1981, siempre que no excedan de
500.000 dólares en el bienio 2004-2005;
Resuelve que el Secretario General informe a la Comisión Consultiva y
2.
a la Asamblea General, en sus períodos de sesiones quincuagésimo noveno y
sexagésimo, de todos los compromisos de gastos contraídos conforme a lo
dispuesto en la presente resolución, así como de las circunstancias pertinentes, y
presente a la Asamblea las estimaciones complementarias relativas a tales
compromisos;
Decide que, si durante el bienio 2004-2005, una decisión del Consejo de
3.
Seguridad da lugar a que el Secretario General deba contraer compromisos de
gastos relacionados con el mantenimiento de la paz y la seguridad de una cuantía
que exceda de 10 millones de dólares respecto de esa decisión, la cuestión se
presente a la Asamblea General, o si la Asamblea hubiere suspendido su período de
sesiones o no estuviese en sesión, el Secretario General convoque una continuación
del período de sesiones o un período extraordinario de sesiones de la Asamblea
para que ésta examine la cuestión.
79ª sesión plenaria
23 de diciembre de 2003
2
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