A/RES/60/124
comunidades ante los desastres 4 aprobados en la Conferencia Mundial sobre la
Reducción de los Desastres, celebrada en Kobe, Hyogo (Japón) del 18 al 22 de
enero de 2005,
Observando con grave preocupación que en muchas situaciones de emergencia
se sigue tomando deliberadamente a la población civil como objetivo de actos
violentos, incluidos los abusos sexuales y la violencia sexual y de otro tipo contra
las mujeres, las niñas y los niños,
Preocupada por la necesidad de movilizar apoyo suficiente, en particular
recursos financieros, para prestar asistencia humanitaria de emergencia a todos los
niveles, incluidos los niveles nacional, regional e internacional,
Reconociendo la clara relación existente entre la emergencia, la rehabilitación
y el desarrollo y que, para lograr una transición sin problemas del socorro a la
rehabilitación y el desarrollo, la asistencia de emergencia debe proporcionarse de
manera que propicie la recuperación y el desarrollo a largo plazo, y que las medidas
de emergencia deben considerarse como un paso hacia el logro del desarrollo a largo
plazo,
Acogiendo con beneplácito las gestiones en curso para fortalecer la respuesta
humanitaria internacional, en particular la asistencia humanitaria de emergencia de
las Naciones Unidas,
Destacando que la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la
Secretaría debería tener una financiación suficiente y más predecible, y subrayando,
al mismo tiempo, la importancia de que la Oficina siga procurando ampliar su base
de donantes,
Toma nota con reconocimiento de los resultados de la octava serie de
1.
sesiones sobre asuntos humanitarios del Consejo Económico y Social, celebrada
durante su período de sesiones sustantivo de 2005;
Exhorta a todos los gobiernos y a todas las partes en situaciones
2.
complejas de emergencia humanitaria, en particular en los conflictos armados y
después de éstos, de los países donde haya personal humanitario, a que, de
conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho internacional y la
legislación nacional, colaboren plenamente con las Naciones Unidas y demás
organismos y organizaciones de asistencia humanitaria y garanticen el libre acceso
de ese personal en condiciones de seguridad, así como de sus suministros y equipo,
a fin de que pueda cumplir con eficacia su misión de atender a la población civil
afectada, incluidos los refugiados y los desplazados internos;
Reafirma la obligación de todos los Estados y de todas las partes en los
3.
conflictos armados de proteger a los civiles en esos conflictos de conformidad con
el derecho internacional humanitario, e invita a los Estados a promover una cultura
de protección, teniendo en cuenta las necesidades especiales de las mujeres, los
niños, las personas de edad y las personas con discapacidad;
4.
Exhorta a los Estados a que adopten medidas preventivas y respondan con
eficacia ante los actos de violencia cometidos contra la población civil, y a que
aseguren que se haga comparecer a los responsables ante la justicia sin demora, con
arreglo a la legislación nacional y a las obligaciones derivadas del derecho
internacional;
_______________
4
2
Ibíd., resolución 2.
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