A/RES/58/290
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
14 de mayo de 2004
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 21 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 14 de abril de 2004
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/58/L.59 y Add.1)]
58/290. Los diamantes como factor en los conflictos: romper el
vínculo entre el comercio ilícito de diamantes en bruto y
los conflictos armados a fin de contribuir a la prevención
y solución de los conflictos
La Asamblea General,
Reconociendo que el comercio de diamantes de zonas en conflicto es motivo
de profunda preocupación a nivel internacional y puede ser un factor directamente
relacionado con los conflictos armados, las actividades de los movimientos rebeldes
para debilitar o derrocar a gobiernos legítimos y el tráfico ilícito y la proliferación
de armamentos, en especial de armas pequeñas y armas ligeras,
Reconociendo también que los conflictos en los cuales son un factor los
diamantes de zonas en conflicto tienen consecuencias devastadoras para la paz y la
seguridad de los habitantes de los países afectados, así como las violaciones graves
y sistemáticas de los derechos humanos que se han perpetrado en esos conflictos,
Observando el efecto negativo que tienen esos conflictos en la estabilidad
regional y las obligaciones que incumben a los Estados en virtud de la Carta de
las Naciones Unidas por lo que se refiere al mantenimiento de la paz y la seguridad
internacionales,
Reconociendo, por tanto, que es indispensable que se sigan adoptando medidas
para frenar el comercio de diamantes de zonas en conflicto,
Reconociendo también los beneficios que genera el comercio legítimo de
diamantes para los países productores y destacando la necesidad de que se sigan
adoptando medidas internacionales para evitar que el problema de los diamantes de
zonas en conflicto afecte de manera negativa al comercio legítimo de diamantes, que
aporta una contribución fundamental a la economía de muchos Estados productores,
exportadores e importadores, en especial los Estados en desarrollo,
Observando que la gran mayoría de los diamantes en bruto que se producen en
el mundo son de origen legítimo,
Recordando la Carta y todas las resoluciones del Consejo de Seguridad
relativas a los diamantes de zonas en conflicto, y decidida a contribuir a la
aplicación de las medidas previstas en esas resoluciones y a apoyarlas,
03 51195
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