A/RES/58/290 participantes han establecido sistemas internos de control para que en la cadena de producción, exportación e importación de diamantes en bruto en su propio territorio no haya diamantes de zonas en conflicto, teniendo en cuenta al mismo tiempo que las diferencias en los métodos de producción y las prácticas comerciales, así como en los controles institucionales aplicables, pueden requerir enfoques distintos para cumplir las normas mínimas, Reitera su firme apoyo al sistema de certificación del Proceso de 1. Kimberley1; 2. Reconoce que el sistema de certificación del Proceso de Kimberley puede contribuir a que se apliquen efectivamente las resoluciones del Consejo de Seguridad por las que se imponen sanciones al comercio de diamantes de zonas en conflicto, y pide que se apliquen cabalmente las medidas aprobadas por el Consejo contra el comercio ilícito de diamantes en bruto que sean un factor en los conflictos; Destaca que es esencial que la participación en el sistema de 3. certificación del Proceso de Kimberley sea lo más amplia posible y que ello debe alentarse, insta a todos los Estados Miembros a que participen activamente en el sistema de certificación cumpliendo sus compromisos, y acoge complacida el establecimiento, en la sesión plenaria del Proceso de Kimberley celebrada en Johannesburgo (Sudáfrica) del 28 al 30 de abril de 2003, del Comité de Participación encargado de velar por que los participantes y quienes deseen sumarse al sistema de certificación cumplan las normas mínimas; Toma nota con reconocimiento del informe presentado por la Presidencia 4. del Proceso de Kimberley 3, atendiendo a lo dispuesto en la resolución 57/302, y felicita a los gobiernos, a los representantes de la organización regional de integración económica, de la industria organizada del diamante y de la sociedad civil que participaron en el Proceso de Kimberley, por contribuir a la preparación y aplicación del sistema de certificación del Proceso de Kimberley; Toma nota de la decisión que tomó el Consejo General de la Organización 5. Mundial del Comercio el 15 de mayo de 2003 de conceder una exención respecto de las medidas adoptadas para aplicar el sistema de certificación del Proceso de Kimberley 4; 6. Acoge con satisfacción los progresos realizados en la reunión plenaria del Proceso de Kimberley celebrada en Sun City (Sudáfrica) del 29 al 31 de octubre de 2003, mediante la adopción de una decisión relativa a un sistema de examen entre participantes para facilitar la aplicación efectiva del sistema de certificación del Proceso de Kimberley; Alienta a los participantes en el Proceso de Kimberley a que permitan 7. visitas de examen voluntarias de conformidad con la decisión mencionada en el párrafo 6 supra, y celebra que algunos participantes estén dispuestos a recibir visitas de ese tipo; 8. Alienta también a los participantes en el sistema de certificación del Proceso de Kimberley a que presenten a la Presidencia de este Proceso informes anuales sobre la aplicación del sistema de certificación; _______________ 3 4 A/58/623, anexo. Véase WT/L/518. Se puede consultar en http://docsonline.wto.org. 3

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