A/RES/60/157
Reafirmando también que todos los derechos civiles, culturales, económicos,
políticos y sociales, incluido el derecho al desarrollo, son universales e indivisibles,
están relacionados entre sí, dependen unos de otros y se refuerzan mutuamente,
Recordando los marcos de modalidades acordados en la reunión del Consejo
General de la Organización Mundial del Comercio celebrada en Ginebra el 1° de
agosto de 2004 en ámbitos fundamentales como la agricultura, el acceso al mercado de
los productos no agrícolas, la facilitación del comercio, el desarrollo y los servicios 5,
Recordando también los resultados del 11° período de sesiones de la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, celebrado en São
Paulo (Brasil) del 13 al 18 de junio de 2004, cuyo tema fue: Aumento de la
coherencia entre las estrategias nacionales de desarrollo y los procesos económicos
mundiales en pro del crecimiento económico y el desarrollo, particularmente de los
países en desarrollo 6,
Recordando además todas sus resoluciones anteriores y las resoluciones de la
Comisión de Derechos Humanos sobre el derecho al desarrollo, en particular la
resolución 1998/72 de la Comisión, de 22 de abril de 1998 7, en que se menciona la
necesidad urgente de hacer nuevos progresos con miras a la realización del derecho
al desarrollo, como se detalla en la Declaración sobre el derecho al desarrollo,
Recordando la 13ª Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países
No Alineados, celebrada en Kuala Lumpur del 20 al 25 de febrero de 2003, y la
14ª Conferencia Ministerial del Movimiento de los Países No Alineados, celebrada
en Durban (Sudáfrica) del 17 al 19 de agosto de 2004,
Reiterando su apoyo constante a la Nueva Alianza para el Desarrollo de África 8
como marco para el desarrollo de ese continente,
Reconociendo que, sin lugar a dudas, las injusticias históricas han contribuido
a la pobreza, el subdesarrollo, la marginación, la exclusión social, las disparidades
económicas, la inestabilidad y la inseguridad que afectan a muchas personas en
diferentes partes del mundo, especialmente en los países en desarrollo,
Destacando que la erradicación de la pobreza es uno de los elementos
decisivos de la promoción y realización del derecho al desarrollo y que la pobreza es
un problema polifacético que requiere un planteamiento polifacético e integrado que
abarque sus aspectos económicos, políticos, sociales, ambientales e institucionales a
todos los niveles, especialmente en el contexto del objetivo de desarrollo del
Milenio de reducir a la mitad, para el año 2015, el porcentaje de habitantes del
planeta cuyos ingresos sean inferiores a un dólar por día y el de las personas que
padezcan hambre,
Hace suyas las conclusiones convenidas y las recomendaciones que
1.
aprobó el Grupo de Trabajo sobre el derecho al desarrollo en su sexto período de
sesiones 9, y pide a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
_______________
5
Véase Organización Mundial del Comercio, documento WT/L/579. Se puede consultar en
http://docsonline.wto.org.
6
Véase TD/412.
7
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1998, Suplemento No. 3 (E/1998/23),
cap. II, secc. A.
8
A/57/304, anexo.
9
Véase E/CN.4/2005/25, secc. III.
2
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