A/RES/74/73
Económica de los Estados de África Occidental y la Comunidad Económica de los
Estados de África Central, sobre la paz, la seguridad, la estabilidad y la lucha contra
el terrorismo y el extremismo violento, organizada en coordinación con la Comisión
de la Unión Africana, y acoge con beneplácito la Declaración de Lomé sobre la Paz,
la Seguridad, la Estabilidad y la Lucha contra el Terrorismo y el Extremismo Violento
aprobada en esa cumbre;
14. Alienta a la Comunidad Económica de los Estados de África Central y a la
Comunidad Económica de los Estados de África Occidental a que colaboren en la
aplicación de la Declaración de Lomé;
15. Exhorta a los Estados miembros del Comité Consultivo Permanente a que
ejecuten los programas de actividades aprobados en sus reuniones ministeriales, y
pide a la Oficina Regional de las Naciones Unidas para África Central que siga
prestándoles apoyo a ese respecto;
16. Pide a la comunidad internacional que apoye los esfuerzos q ue realizan
los Estados interesados por ejecutar sus programas de desarme, desmovilización y
reintegración y exhorta a los Estados interesados a que velen por que en esos
programas se tengan en cuenta las necesidades de las mujeres y los niños vinculados
a excombatientes;
17. Acoge con beneplácito los esfuerzos del Camerún y del Congo para prestar
asistencia, respectivamente, al Centro Interregional de Coordinación para la
Seguridad y la Protección Marítimas en el Golfo de Guinea y al Centro Regional de
Protección Marítima de África Central, y exhorta a los demás Estados miembros a
que hagan efectivos sus compromisos financieros para que ambos centros puedan
funcionar en forma previsible y sostenible;
18. Exhorta a los Estados Miembros a que sigan implementando los resultados
de la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno sobre la Seguridad y la Protección
Marítimas en el Golfo de Guinea mediante la puesta en marcha del Centro
Interregional de Coordinación para la Seguridad y la Protección Marítimas en el
Golfo de Guinea y las actividades del Centro Regional de Protección Marítima de
África Central, y alienta a que se aplique la Carta sobre la Seguridad y la Protección
Marítimas y el Desarrollo en África aprobada en la Cumbre Extraordinaria de Jefes
de Estado y de Gobierno de la Unión Africana sobre la Seguridad y la Protección
Marítimas y el Desarrollo en África;
19. Pide a los Estados Miembros y a los órganos subregionales que adopten
de inmediato medidas concertadas para combatir el fenómeno de la caza f urtiva y el
tráfico ilícito de fauna y flora silvestres y recursos naturales, incluso aplicando las
disposiciones de las resoluciones 69/314, 70/301, 71/326 y 73/343;
20. Acoge con beneplácito la determinación de los Jefes de Estado y de
Gobierno de la Comunidad Económica de los Estados de África Central y la
Comunidad Económica de los Estados de África Occidental de establecer políticas
comunes y programas conjuntos sobre la gestión de la ganadería y la trashumancia
transfronteriza;
21. Alienta la elaboración de mecanismos de regulación comunitaria y hace un
llamamiento para que se celebre una conferencia de alto nivel para discutir las
cuestiones relativas a la ganadería y a la trashumancia transfronteriza con miras a
lograr una gestión concertada e integrada;
22. Expresa su pleno apoyo a los esfuerzos desplegados por las Naciones
Unidas, la Unión Africana y la Comunidad Económica de los Estados de África Central,
subraya la importancia del proceso de reforma en curso de la Comunidad Económica
6/8
19-21874