A/RES/52/144
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Acogiendo con satisfacción la reciente contribución positiva aportada por Nigeria, por conducto de
la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental, en apoyo del gobierno democrático en la
región del África Occidental, y expresando la esperanza de que ello indique la determinación de procurar
el mismo objetivo en su política interna,
Observando que el Commonwealth, preocupado por la permanencia del Gobierno militar y por el
hecho de que no se respeten los derechos humanos fundamentales, ha decidido que se mantenga la
suspensión de Nigeria del Commonwealth,
1.
Acoge con beneplácito:
a) El compromiso declarado por el Gobierno de Nigeria de establecer el gobierno civil, la
democracia multipartidaria y la libertad de reunión, de prensa y de actividad política para el 1o. de octubre
de 1998 y recuerda a este respecto la declaración hecha por el Gobierno el 1o. de octubre de 1995 y
recientemente confirmada por él;
b) La decisión de la Comisión de Derechos Humanos de nombrar un Relator Especial sobre la
situación de los derechos humanos en Nigeria5;
c) La nota del Secretario General sobre el desempeño de su misión de buenos oficios6 y le pide
que, en colaboración con el Commonwealth, siga celebrando conversaciones con el Gobierno de Nigeria
e informe sobre los progresos realizados en la aplicación de la presente resolución y las posibilidades de
que la comunidad internacional ofrezca asistencia práctica a Nigeria a fin de restablecer en este país el
régimen democrático y el pleno disfrute de los derechos humanos;
2.
Expresa su profunda preocupación por:
a) La subsistencia de graves violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales
en Nigeria, incluidas detenciones arbitrarias, y el incumplimiento de la obligación de respetar las debidas
garantías procesales;
b) El hecho de que la ausencia de un gobierno representativo en Nigeria haya dado lugar a
violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales y sea contraria al respaldo popular
a un gobierno democrático manifestado en las elecciones de 1993;
c) El hecho de que otras personas que están detenidas en Nigeria puedan ser procesadas siguiendo
el mismo procedimiento judicial irregular que culminó con la ejecución arbitraria de Ken Saro-Wiwa y
sus compañeros;
d) El hecho de que el Gobierno de Nigeria no haya iniciado los preparativos para restablecer un
gobierno representativo, después de la celebración de elecciones caracterizadas por la auténtica
participación popular y la multiplicidad de partidos;
5
Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1997, Suplemento No. 3 (E/1997/23), cap. II,
secc. A, resolución 1997/53.
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