A/HRC/RES/26/15 contribuciones pertinentes de los organismos, programas y fondos de las Naciones Unidas sobre la agenda para el desarrollo después de 2015, que resaltan las repercusiones que tiene la violencia contra las mujeres y las niñas en los resultados en materia de desarrollo y consideran que la eliminación de la violencia contra la mujer y el empoderamiento de esta son un factor esencial para alcanzar la igualdad de género, 1. Condena enérgicamente todos los actos de violencia contra las mujeres y las niñas, ya sean perpetrados por el Estado, por particulares o por actores no estatales, y pide la prevención y la eliminación de todas las formas de violencia por motivos de género en la familia, en la comunidad en general y donde sea perpetrada o consentida por el Estado; 2. Insta a los Estados y a todos los sectores de la sociedad, incluidos todos los niveles de gobierno, las organizaciones de la sociedad civil, el sector privado y los medios de difusión, así como los dirigentes comunitarios y religiosos, a adoptar medidas de peso para hacer frente a las actitudes, costumbres y prácticas nocivas y los estereotipos y relaciones de poder desiguales que sustentan y perpetúan la violencia contra las mujeres y las niñas, entre otros medios, concibiendo, ejecutando y evaluando políticas, programas y estrategias nacionales encaminados a transformar las normas sociales que toleran la violencia contra las mujeres y las niñas, y a combatir las actitudes que consideran que las mujeres y las niñas están subordinadas a los hombres y los niños varones o tienen funciones estereotipadas que perpetúan las prácticas que entrañan violencia o coacción; 3. Exhorta a los Estados a que preparen o refuercen respuestas nacionales amplias, multisectoriales y centradas en la mujer, con la participación de las autoridades competentes en sectores como la justicia, la salud, los servicios sociales, la educación y los servicios de protección de la infancia, así como de los actores no estatales pertinentes, que presten atención especial a la prevención de la violencia, la prestación de servicios de apoyo a las víctimas y supervivientes de la violencia y el castigo de los autores, para facilitar la rendición de cuentas y promover el empoderamiento de las mujeres y las niñas mediante la modificación de las actitudes, las prácticas y los estereotipos nocivos; 4. Subraya el efecto nocivo que tiene la violencia sexual en los conflictos armados sobre la participación de la mujer en los procesos de solución de conflictos, transición posterior a los conflictos, reconstrucción y consolidación de la paz, toma nota de las iniciativas internacionales y regionales para luchar contra la violencia sexual en los conflictos armados y reconoce con aprecio en este contexto la Cumbre Mundial para Poner Fin a la Violencia Sexual en los Conflictos, en la que se presentó el Protocolo Internacional para la Investigación y Documentación de la Violencia Sexual en los Conflictos como instrumento para promover la rendición de cuentas y el apoyo a las víctimas; 5. Expresa gran preocupación por el hecho de que la violencia contra las mujeres y las niñas limita notablemente su capacidad para participar plena y eficazmente en la sociedad y en el desarrollo de sus comunidades, lo que dificulta la consecución de los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, como los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en particular los objetivos en materia de educación, salud, igualdad de género y empoderamiento de las mujeres y las niñas; 6. Insta a los Estados a que demuestren su apoyo a la prevención y la eliminación de todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas y reduzcan así los obstáculos al empoderamiento social, económico y político de estas, entre otros medios, por los siguientes: a) Adoptando medidas efectivas para asegurar la participación plena e igualitaria de las mujeres y los hombres en todas las esferas de la vida política, incluidos los niveles de base, en la reforma política y en todos los niveles de adopción de decisiones, en todas las situaciones, y para contribuir a la prevención y la eliminación de la discriminación y la violencia contra las mujeres y las niñas; 4 GE.14-08111

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