A/HRC/RES/26/15 Reiterando la necesidad de redoblar los esfuerzos a todos los niveles para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas en todo el mundo, Reconociendo que la violencia contra las mujeres y las niñas hunde sus raíces en la desigualdad histórica y estructural que ha caracterizado las relaciones de poder entre la mujer y el hombre, y que todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas violan y menoscaban gravemente o anulan su disfrute de todos los derechos humanos y libertades fundamentales y suponen un obstáculo importante para la capacidad de las mujeres y las niñas de aprovechar sus aptitudes, Recordando que la amenaza de la violencia, incluidas todas las formas de acoso, restringe permanentemente la movilidad de las mujeres y las niñas, limita su acceso a recursos, servicios y actividades básicas, e impide su empoderamiento económico y político, Poniendo de relieve la necesidad de que los Estados y todos los sectores de la sociedad, incluidas las organizaciones de la sociedad civil, el sector privado y los medios de difusión, así como los dirigentes comunitarios, incluidos los dirigentes tribales, y los líderes religiosos adopten medidas significativas para promover el empoderamiento de las mujeres y las niñas a fin de lograr la igualdad de género, y condenen enérgicamente y traten de corregir las actitudes y comportamientos que perpetúan la violencia contra las mujeres y las niñas, Destacando que los Estados no deben invocar ninguna costumbre, tradición ni consideración religiosa para eludir sus obligaciones con respecto a la eliminación de todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, tal como se establece en la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, Reconociendo la importante función que pueden desempeñar los hombres y los niños varones en la prevención y la eliminación de la violencia contra las mujeres y las niñas, y alentando además a los hombres y niños varones a participar activamente y convertirse en asociados y aliados estratégicos en la prevención y la eliminación de todas las formas de violencia y discriminación contra las mujeres y las niñas, y la importancia de responder eficazmente asimismo a la violencia contra los niños varones a fin de romper los ciclos intergeneracionales de la violencia, Reconociendo que la pobreza y la falta de empoderamiento de la mujer, así como la marginación de que es objeto derivada de su exclusión de las políticas sociales y los beneficios de la educación, la salud y el desarrollo sostenible, pueden hacerle correr un mayor riesgo de sufrir violencia, y que todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia sexual, obstaculizan el desarrollo de su pleno potencial en pie de igualdad en todos los aspectos de la vida y son también un impedimento para alcanzar los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo del Milenio, Reconociendo también que persiste la necesidad de aumentar la participación plena y efectiva de la mujer en todas las acciones y las actividades relacionadas con la prevención y la solución de los conflictos armados, el mantenimiento de la paz y la seguridad y la consolidación de la paz después de los conflictos, de conformidad con las resoluciones en la materia del Consejo de Seguridad, incluida su resolución 1325 (2000), de 31 de octubre de 2000, y las resoluciones conexas, Reconociendo además que el matrimonio infantil, precoz y forzado sigue siendo un impedimento no solo para la situación económica, jurídica, social y de salud de las mujeres y las niñas, sino también para el desarrollo de la comunidad en su conjunto, y que el empoderamiento de las mujeres y las niñas y la inversión en ellas, así como su participación significativa en las decisiones que les afectan, es un factor esencial para romper el ciclo de 2 GE.14-08111

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