A/RES/58/306
para que se contrate personal local para ocupar los puestos del cuadro de servicios
generales de la Fuerza, en consonancia con las necesidades de ésta;
Informe de ejecución financiera correspondiente al período comprendido
entre el 1° de julio de 2002 y el 30 de junio de 2003
13. Toma nota del informe del Secretario General sobre la ejecución
financiera de la Fuerza correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio
de 2002 y el 30 de junio de 2003 5;
Estimaciones presupuestarias correspondientes al período comprendido
entre el 1° de julio de 2004 y el 30 de junio de 2005
14. Decide consignar en la Cuenta Especial de la Fuerza de las Naciones
Unidas de Observación de la Separación la suma de 43.033.400 dólares para el
período comprendido entre el 1° de julio de 2004 y el 30 de junio de 2005, que
incluye 40.902.100 dólares para el mantenimiento de la Fuerza, 1.742.400 dólares
para la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz y 388.900
dólares para la Base Logística de las Naciones Unidas;
Financiación de la consignación
15. Decide también prorratear entre los Estados Miembros la suma de
43.033.400 dólares, a razón de 3.586.116 dólares por mes, de conformidad con los
niveles establecidos en su resolución 55/235, con los ajustes hechos en su resolución
55/236, de 23 de diciembre de 2000, y con las actualizaciones hechas en su
resolución 58/256, de 23 de diciembre de 2003, y teniendo en cuenta la escala de
cuotas para 2004 y 2005 que figura en su resolución 58/1 B, de 23 de diciembre de
2003, siempre que el Consejo de Seguridad decida prorrogar el mandato de la
Fuerza;
16. Decide además que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución
973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del
prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 15 supra las partes que
les correspondan de la suma de 1.451.700 dólares en el Fondo de Nivelación de
Impuestos, suma que se compone de los ingresos por concepto de contribuciones del
personal aprobados para la Fuerza, estimados en 1.175.400 dólares; la parte que
corresponde a la Fuerza en el prorrateo de los ingresos estimados por concepto de
contribuciones del personal aprobados para la cuenta de apoyo, por valor de 254.300
dólares; y la parte que corresponde a la Fuerza en el prorrateo de los ingresos
estimados por concepto de contribuciones del personal aprobados para la Base
Logística de las Naciones Unidas, por valor de 22.000 dólares;
17. Decide que, en el caso de los Estados Miembros que hayan cumplido sus
obligaciones financieras con la Fuerza, se deduzcan de las sumas resultantes del
prorrateo indicado en el párrafo 15 supra las partes que les correspondan del saldo
no comprometido y otros ingresos, que ascienden a un total de 1.891.100 dólares, en
relación con el ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2003, de
conformidad con los niveles establecidos en su resolución 55/235, con los ajustes
hechos en su resolución 55/236 y en su resolución 57/290 A, de 20 de diciembre de
2002, y teniendo en cuenta la escala de cuotas para 2003, que figura en sus
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