A/HRC/RES/48/18
monumento a las víctimas de la esclavitud y la trata transatlántica de esclavos en la Oficina
de las Naciones Unidas en Ginebra,
1.
Recalca la importancia de la voluntad y el compromiso políticos para eliminar
todas las formas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de
intolerancia;
2.
Subraya la necesidad imperiosa de que se apliquen plena y efectivamente
la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
Racial y la Declaración y el Programa de Acción de Durban, en tanto que documento final
dispositivo de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la
Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia para combatir el flagelo del racismo,
incluidas sus formas contemporáneas y las que resurgen, algunas de las cuales han adoptado
lamentablemente formas violentas, así como el programa de actividades del Decenio
Internacional de los Afrodescendientes;
3.
Continúa alarmado por el resurgimiento de manifestaciones violentas de
racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia impulsadas por
ideologías científicamente falsas, moralmente condenables, socialmente injustas y
peligrosas, como la supremacía blanca, así como por ideologías extremistas de carácter
nacionalista y populista, y subraya a ese respecto que los seres humanos nacen libres e iguales
en dignidad y derechos, y que toda persona tiene derecho a la vida, la libertad y la seguridad;
4.
Alienta a los Estados a que hagan la declaración requerida con arreglo al
artículo 14 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Racial, reconociendo la competencia del Comité para la Eliminación de
la Discriminación Racial para recibir y examinar comunicaciones de personas o grupos de
personas que se encuentren en el ámbito de su jurisdicción en el marco de su procedimiento
de presentación de denuncias;
5.
Reafirma la labor realizada por el Comité Especial del Consejo de Derechos
Humanos sobre la Elaboración de Normas Complementarias a la Convención Internacional
sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, que, en su décimo
período de sesiones, comenzó sus deliberaciones sobre la elaboración de un proyecto de
protocolo adicional de la Convención4;
6.
Hace suyas las conclusiones y recomendaciones formuladas por el Grupo de
Trabajo Intergubernamental sobre la Aplicación Efectiva de la Declaración y el Programa de
Acción de Durban en su 18º período de sesiones;
7.
Destaca la importancia primordial que reviste la adhesión universal a
la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
Racial y la Declaración y el Programa de Acción de Durban y su aplicación plena y efectiva
para la promoción de la igualdad y la no discriminación en todo el mundo;
8.
Solicita al Grupo de Eminentes Expertos Independientes sobre la Aplicación
de la Declaración y el Programa de Acción de Durban que celebre su octavo período de
sesiones durante cinco días laborables en 2022 y que presente un informe al respecto a
la Asamblea General en su septuagésimo séptimo período de sesiones, y en relación con esto,
invita a la Presidencia del Grupo de Eminentes Expertos Independientes a que, en el marco
de dicho período de sesiones, participe en un diálogo interactivo con la Asamblea en relación
con el tema de la agenda titulado “Eliminación del racismo, la discriminación racial, la
xenofobia y las formas conexas de intolerancia”;
9.
Solicita al Secretario General y a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos que proporcionen los recursos financieros y humanos que sean
necesarios para que el Grupo de Eminentes Expertos Independientes pueda desempeñar
eficazmente su mandato;
10.
Deplora el uso que se hace de las plataformas de medios sociales para incitar
al odio y la violencia contra migrantes, refugiados y solicitantes de asilo, entre otros, al
tiempo que reafirma los derechos a la libertad de expresión, de asociación y de reunión
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GE.21-14769
Véase A/HRC/46/66.
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