A/RES/56/74 independencia, de conformidad con las resoluciones de las Naciones Unidas sobre descolonización; 5. Aprueba el informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales relativo a su labor realizada en el 2001, incluido el programa de trabajo previsto para 20024; 6. Exhorta a las Potencias administradoras a que cooperen plenamente con el Comité Especial para concluir antes del fin de 2002 un programa de trabajo constructivo para los territorios no autónomos, basado en el análisis de cada caso concreto, con objeto de facilitar el cumplimiento del mandato del Comité Especial y de las resoluciones sobre descolonización, incluidas las relativas a territorios concretos; 7. Acoge complacida las consultas que se están celebrando entre el Comité Especial y Nueva Zelandia, en su condición de Potencia administradora de Tokelau, con la participación de representantes del pueblo de Tokelau, con miras a formular un plan de trabajo sobre la cuestión de Tokelau; 8. Pide al Comité Especial que siga buscando los medios adecuados para aplicar de forma inmediata y plena la Declaración y que ponga en práctica las medidas aprobadas por la Asamblea General en relación con el Decenio Internacional para la Eliminación del Colonialismo y el Segundo Decenio Internacional en todos los territorios que no hayan logrado aún la libre determinación, incluida la independencia y, en particular: a) Que formule propuestas concretas para poner fin al colonialismo y le presente un informe sobre el particular en su quincuagésimo séptimo período de sesiones; b) Que siga examinando la aplicación por los Estados Miembros de la resolución 1514 (XV) y las demás resoluciones sobre descolonización; c) Que siga prestando especial particular mediante el envío de misiones General las medidas que más convenga territorios puedan ejercer su derecho independencia; atención a visitadoras, tomar para a la libre los territorios pequeños, en y recomiende a la Asamblea que las poblaciones de esos determinación, incluida la d) Que, antes del fin de 2002, concluya un programa de trabajo constructivo para los territorios no autónomos basado en el análisis de cada caso concreto, con objeto de facilitar el cumplimiento del mandato del Comité Especial y de las resoluciones sobre descolonización, incluidas las relativas a territorios concretos; e) Que tome las medidas necesarias para obtener apoyo, a nivel mundial, de gobiernos y de organizaciones nacionales e internacionales para el logro de los objetivos de la Declaración y la aplicación de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas; f) Que lleve a cabo seminarios, según proceda, para recibir y difundir información sobre la labor del Comité Especial y facilite la participación de los pueblos de los territorios no autónomos en dichos seminarios; _______________ 4 Véase A/56/23 (Part I), cap. I, secc. J. Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo sexto período de sesiones, Suplemento No. 23. 3

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