A/RES/51/203
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necesidades de infraestructura de las nuevas instituciones comunes de Bosnia y
Herzegovina, en particular en Sarajevo, la capital del Estado y la Federación
de Bosnia y Herzegovina;
13.
Insiste en la necesidad de entregar a todos los acusados al
Tribunal Internacional para su enjuiciamiento, observa que el Tribunal tiene
competencia para ocuparse de la responsabilidad individual por el crimen de
genocidio, los crímenes contra la humanidad y otras violaciones graves del
derecho internacional humanitario cometidas, incluso en Bosnia y Herzegovina,
y reitera que todas las partes deben detener y entregar al Tribunal a todas
las personas acusadas que se encuentren en los territorios bajo su control, y
que cumplan plenamente todas las demás órdenes del Tribunal y cooperen con la
labor de éste, incluso con exhumaciones y otras medidas de investigación, de
conformidad con el artículo 29 del estatuto del Tribunal, con todas las
resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y de conformidad con las
disposiciones pertinentes del Acuerdo de Paz y sus anexos, en particular la
Constitución de Bosnia y Herzegovina;
14.
Insta a los Estados Miembros, teniendo en cuenta las órdenes y
peticiones del Tribunal Internacional, a que ofrezcan a éste su pleno apoyo,
incluido apoyo financiero, a fin de lograr el cumplimiento de los propósitos
del Tribunal, y que desempeñen sus obligaciones de conformidad con el estatuto
del Tribunal y todas las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad;
15.
Reafirma una vez más el derecho de los refugiados y las personas
desplazadas a regresar voluntariamente a sus lugares de origen, de conformidad
con el Acuerdo de Paz, en particular el anexo 7 del Acuerdo, y la realización
de este derecho en cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados y los países de acogida, exhorta a todas
las partes a que establezcan inmediatamente las condiciones necesarias para el
regreso de los refugiados y las personas desplazadas a sus hogares y para la
libertad de circulación y comunicación de todos los ciudadanos de Bosnia y
Herzegovina, y a las organizaciones internacionales pertinentes a que
promuevan las condiciones que faciliten el regreso, de conformidad con las
disposiciones pertinentes del Acuerdo de Paz y sus anexos, en particular la
Constitución de Bosnia y Herzegovina, y acoge con beneplácito los esfuerzos de
la Unión Europea, los donantes bilaterales y otros donantes, los organismos de
las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales para crear
proyectos encaminados a facilitar el regreso voluntario y ordenado de los
refugiados y las personas desplazadas a todas las regiones de Bosnia y
Herzegovina;
16.
Condena enérgicamente todos los actos de discriminación cuyo
objeto es desalentar el regreso voluntario de los refugiados y las personas
desplazadas, en particular la destrucción de viviendas;
17.
Reafirma una vez más su apoyo al principio de que todas las
declaraciones y compromisos extraídos bajo coacción, particularmente los
relativos a tierras y propiedades, son totalmente nulos y sin valor, en virtud
de las disposiciones pertinentes del Acuerdo de Paz, y apoya la intervención
efectiva de la Comisión para el examen de las reivindicaciones de bienes
raíces de los refugiados y las personas desplazadas, de conformidad con su
mandato;
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