A/RES/72/230
Cooperación para el desarrollo con los países de ingresos medianos
Acogiendo con beneplácito el Acuerdo de París 1 y su pronta entrada en vigor,
alentando a todas las partes a que apliquen plenamente el Acuerdo, y a las partes en
la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 2 que aún no
lo hayan hecho a que depositen lo antes posible sus instrumentos de ratificación,
aceptación, aprobación o adhesión, según proceda,
Acogiendo con beneplácito también la Nueva Agenda Urbana, aprobada en la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano
Sostenible (Hábitat III), que se celebró en Quito (Ecuador) del 17 al 20 de octubre de
2016 3,
Recordando su resolución 70/215, de 22 de diciembre de 2015,
Recordando también que en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible se
reconoce, entre otras cosas, que los países de ingresos medianos siguen teniendo
importantes dificultades para alcanzar el desarrollo sostenible y que, para mantener
los logros alcanzados hasta la fecha, deben redoblarse los esfuerzos por encarar los
desafíos actuales mediante el intercambio de experiencias, una mejor coordinación y
un mejor apoyo específico del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, las
instituciones financieras internacionales, las organizaciones regionales y otros
interesados,
Reafirmando su resolución 71/243, de 21 de diciembre de 2016, relativa a la
revisión cuadrienal amplia de la política relativa a las actividades operacionales del
sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, en la que reconoció que los países
de ingresos medianos seguían enfrentándose a dificultades específicas en materia de
desarrollo,
Tomando nota de los resultados de las conferencias internacionales sobre la
cooperación para el desarrollo con los países de ingresos medianos celebradas en
Madrid 4, San Salvador 5, Windhoek 6 y San José 7, y haciendo notar las conferencias
regionales celebradas durante el último decenio en El Cairo en 2008, Ammán en 2013
y Minsk en 2013 y 2015,
Poniendo de relieve que unas estrategias de desarrollo sostenible cohesionadas
y con titularidad nacional, sustentadas por marcos nacionales de financiación
integrados, constituirán el núcleo de los esfuerzos de los Estados Miembros,
reiterando que recae en cada país la responsabilidad primordial de su propio
desarrollo económico y social, y que nunca se insistirá lo suficiente en la importancia
del papel que desempeñan las políticas y las estrategias nacionales de desarrollo,
resaltando la necesidad de respetar el margen normativo y el liderazgo de cada país
en la puesta en práctica de políticas encaminadas a erradicar la pobreza y promover
el desarrollo sostenible, pero siempre en consonancia con las normas y los
compromisos internacionales pertinentes, reconociendo que los esfuerzos nacionales
en pro del desarrollo deben estar respaldados por un entorno económico internacional
propicio que incluya sistemas comerciales, monetarios y financieros mundiales que
sean coherentes y se apoyen mutuamente y una gobernanza económica mundial
reforzada y mejorada, y resaltando que los procesos destinados a desarrollar y facilitar
la disponibilidad de conocimientos y tecnologías adecuados a nivel mundial, así como
la creación de capacidad, son también esenciales, en particular la promoción de la
__________________
1
2
3
4
5
6
7
2/7
Aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
en el documento FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822.
Resolución 71/256, anexo.
Véase A/62/71-E/2007/46, anexo.
Véase A/62/483-E/2007/90, anexo.
Véase A/C.2/63/3, anexos I y II.
Véase A/C.2/68/5.
17-23307
Sélectionner le paragraphe cible3
Se connecter à un paragraphe
Connect to an entity
Disable highlights
Ajouter à la table des matières