A/RES/62/140
1.
Subraya la necesidad de que se hagan efectivos de manera cabal y
urgente los derechos que se conceden a la niña en los instrumentos de derechos
humanos, e insta a los Estados a que, como cuestión prioritaria, consideren la
posibilidad de firmar o ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño1 y la
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la
mujer2, o de adherirse a ellas;
2.
Insta a los Estados a que consideren la posibilidad de firmar o ratificar el
Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer 18 y los Protocolos facultativos de la Convención
sobre los Derechos del Niño 19, o de adherirse a ellos;
17F
18F
3.
Exhorta a los Estados a que consideren la posibilidad de firmar o ratificar
la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad4 y su Protocolo
facultativo, o de adherirse a ellos 20;
0H
19F
4.
Insta a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la
posibilidad de firmar y ratificar el Convenio de 1973 sobre la edad mínima de
admisión al empleo (Convenio No. 138) y el Convenio de 1999 sobre la prohibición
de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación
(Convenio No. 182) de la Organización Internacional del Trabajo, o de adherirse a
ellos;
Insta a todos los gobiernos y al sistema de las Naciones Unidas a que
5.
intensifiquen la labor bilateral y con organizaciones internacionales y donantes del
sector privado a fin de alcanzar los objetivos del Foro Mundial sobre la Educación15
que todavía no se han cumplido plenamente, en especial el de eliminar para 2005 las
disparidades por motivos de género en la educación primaria y secundaria, así como
a fin de aplicar la Iniciativa de las Naciones Unidas para la Educación de las Niñas
como medio de alcanzar ese objetivo, pide que se respeten los compromisos
enunciados en la Declaración del Milenio 21, en particular los relativos a la
educación, y reafirma dichos compromisos;
1H
20F
6.
Exhorta a los Estados y a la comunidad internacional a que reconozcan el
derecho a la educación basado en la igualdad de oportunidades y la no
discriminación, para lo cual se ha de implantar la enseñanza primaria obligatoria y
gratuita para todos los niños, de manera que todos los niños tengan acceso a una
educación de buena calidad, se ha de poner la enseñanza secundaria al alcance de
todos, en particular mediante la introducción gradual de la enseñanza gratuita,
teniendo en cuenta que las medidas especiales para garantizar la igualdad de acceso,
incluida la acción afirmativa, contribuyen al logro de la igualdad de oportunidades y
a la eliminación de la exclusión, y se ha de asegurar la asistencia a la escuela,
especialmente de las niñas y de los niños de familias de bajos ingresos;
Exhorta a todos los Estados a que, cuando proceda, adopten medidas para
7.
superar los obstáculos que se siguen oponiendo al logro de los objetivos
establecidos en la Plataforma de Acción de Beijing10, como se indica en el
2H
_______________
18
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2131, No. 20378.
Ibíd., vols. 2171 y 2173, No. 27531.
20
Resolución 61/106, anexo II.
21
Véase resolución 55/2.
19
4
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