A/RES/62/140
olvidar programas de capacitación para quienes realizan la dañina intervención a fin
de que puedan dedicarse a otra profesión;
30. Exhorta a los Estados a que fortalezcan la capacidad de los sistemas de
salud nacionales y, a ese respecto, exhorta a la comunidad internacional a que preste
apoyo a los esfuerzos nacionales, en particular mediante la asignación de recursos
suficientes, a fin de prestar los servicios básicos necesarios para prevenir la fístula
obstétrica y tratar los casos que se produzcan ofreciendo una gama de servicios que
incluya la planificación familiar, la atención prenatal y postnatal, la asistencia
cualificada en los partos, la atención obstétrica de emergencia y la atención después
del parto a las adolescentes, en particular a las que viven en la pobreza y en zonas
rurales donde escasean esos servicios y donde son más frecuentes los casos de
fístula obstétrica;
31. Exhorta a los Estados y a la comunidad internacional a crear las
condiciones propicias para garantizar el bienestar del niño, entre otras cosas,
cooperando, prestando asistencia y participando en las iniciativas mundiales para la
erradicación de la pobreza, en los planos mundial, regional y nacional, reconociendo
que es necesaria una mayor disponibilidad y una asignación eficaz de los recursos
en todos los niveles, a fin de asegurar la consecución en el plazo previsto de todas
las metas acordadas internacionalmente en materia de desarrollo y erradicación de la
pobreza, incluidas las establecidas en la Declaración del Milenio, y reafirmando que
las inversiones en la infancia y la realización de sus derechos se sitúan entre las
formas más eficaces de erradicar la pobreza;
32. Pide al Secretario General que le presente, en su sexagésimo cuarto
período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución, en el
que se haga especial hincapié, entre otras cosas, en la eliminación de la mutilación
genital femenina, basado en la información proporcionada por los Estados
Miembros, las organizaciones y los órganos del sistema de las Naciones Unidas y
las organizaciones no gubernamentales, a fin de evaluar las repercusiones de la
presente resolución en el bienestar de la niña.
76ª sesión plenaria
18 de diciembre de 2007
9
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