A/RES/62/140 olvidar programas de capacitación para quienes realizan la dañina intervención a fin de que puedan dedicarse a otra profesión; 30. Exhorta a los Estados a que fortalezcan la capacidad de los sistemas de salud nacionales y, a ese respecto, exhorta a la comunidad internacional a que preste apoyo a los esfuerzos nacionales, en particular mediante la asignación de recursos suficientes, a fin de prestar los servicios básicos necesarios para prevenir la fístula obstétrica y tratar los casos que se produzcan ofreciendo una gama de servicios que incluya la planificación familiar, la atención prenatal y postnatal, la asistencia cualificada en los partos, la atención obstétrica de emergencia y la atención después del parto a las adolescentes, en particular a las que viven en la pobreza y en zonas rurales donde escasean esos servicios y donde son más frecuentes los casos de fístula obstétrica; 31. Exhorta a los Estados y a la comunidad internacional a crear las condiciones propicias para garantizar el bienestar del niño, entre otras cosas, cooperando, prestando asistencia y participando en las iniciativas mundiales para la erradicación de la pobreza, en los planos mundial, regional y nacional, reconociendo que es necesaria una mayor disponibilidad y una asignación eficaz de los recursos en todos los niveles, a fin de asegurar la consecución en el plazo previsto de todas las metas acordadas internacionalmente en materia de desarrollo y erradicación de la pobreza, incluidas las establecidas en la Declaración del Milenio, y reafirmando que las inversiones en la infancia y la realización de sus derechos se sitúan entre las formas más eficaces de erradicar la pobreza; 32. Pide al Secretario General que le presente, en su sexagésimo cuarto período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución, en el que se haga especial hincapié, entre otras cosas, en la eliminación de la mutilación genital femenina, basado en la información proporcionada por los Estados Miembros, las organizaciones y los órganos del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales, a fin de evaluar las repercusiones de la presente resolución en el bienestar de la niña. 76ª sesión plenaria 18 de diciembre de 2007 9

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